Perder el billete del parking ya no obliga a pagar un día entero de estacionamiento del vehículo. Una reciente sentencia de la audiencia Provincial de La Rioja ha declarado abusiva esta cláusula y, por tanto, los clientes ya no estarán obligadas a pagar esa penalización injustificada.
En Murcia, sin embargo, la mayoría de los gerentes de los aparcamientos subterráneos públicos no aplicaba esta medida, desde que una ley les obligó a instalar unas cámaras a la entrada que captan la matrícula del vehículo y la hora de entrada, datos que se registran informáticamente y que aparecen reflejados en el tique que expende la máquina. Así lo explica Antonio Romero, gerente de cuatro parkings de Murcia, concretamente los de La Vega, Libertad, Alfonso X y Centrofama. Concretamente la ley 44/2006 de 29 de diciembre de ese año obliga a los aparcamientos a identificar las matrículas. Desde que entró en vigor dicha normativa, se le dio un plazo de unos meses a los aparcamientos para que instalasen las cámaras en los accesos a los aparcamientos con el fin de captar matrículas y hora de entrada y registrar de forma informática el tiempo de estancia de los vehículos.
Antonio Romero indica que «yo lo adapté a mediados de 2007 y, desde esa fecha, dejamos de cobrar el día completo por pérdida de tique. Si el cliente no lo localiza, nos dice el número de matrícula de su coche, y comprobamos informáticamente la hora de entrada y el tiempo que ha estado estacionado».
Actualmente, y desde que entró en vigor el cobro por minutos, desde el 0 al 300 se cobra a 0,034 y del 301 al 720 a 0,032. El precio máximo diario es de 23,64 euros.
Por su parte, Pedro Hernández Carpena, de Aparcamientos La Fuensanta, que gestionan los parking de Saavedra Fajardo y San Andrés, asegura también que «no cobramos el día entero por pérdida de tique porque ahora hay medios técnicos para comprobar cuánto tiempo lleva el coche».
Pedro Hernández asegura que la medida se aplica en la mayoría de los aparcamientos públicos del municipio, una vez que han tenido que instalar, obligados por la normativa, las cámaras a la entrada de los aparcamientos.
Precisamente, la Audiencia Provincial de La Rioja ha declarado abusiva la cláusula del cobro de un día completo por pérdida de tique, en base a que «la legislación vigente obliga a la empresa a entregar un justificante del aparcamiento donde debe aparecer la matrícula de vehículo y la hora de entrada. Dado que estos datos se registran a la entrada del vehículo y se almacena informáticamente, la empresa puede recuperar fácilmente esa información y, de esta forma, concretar el precio que debe pagar el usuario.