El otro día asistí como invitado a la reunión de una de las dos asociaciones de Jefes de Policía Local de la Región de Murcia, en el transcurso de la reunión se abordaron algunos temas relacionados con ellos, planteando un panorama desolador de estos profesionales.
Así, detallando incidentes e ilegalidades cometidos se comentaron los siguientes: en Cartagena hay 2 inspectores cuando la ley prohibe que haya 2 mandos iguales en la máxima categoría; en San Javier han pasado en los últimos 7 años 6 jefes (3 oficiales y 3 sargentos), resulta imposible encontrar a alguien que cuadre; en Los Alcázares hay un oficial, pero manda un sargento; en Beniel al sargento-jefe le han puesto el mismo cuadrante rotatorio que a los agentes, no acudiendo por el despacho en 7 días, y cuando lo hace para solucionar algo, lo echan, terminando en los juzgados el tema.
En Puerto Lumbreras, el sargento-jefe lleva 9 años en comisión de servicio, cuando la ley solamente autoriza 2, por lo que tiene que abandonar el puesto; en Abarán no se sabe porqué el oficial-jefe ha vuelto a su puesto de sargento en Murcia, dejando el de categoría superior; en Totana se nombró un subinspector del grupo A en comisión de servicio a un oficial del grupo B; en Blanca apareció un cabo de otro municipio para hacerse cargo de la plantilla cuando había un sargento-jefe; en municipios como Murcia y Cartagena han optado por los directores de servicios, que son cargos de confianza entre el jefe y el concejal que no son obligatorios y en tiempo de crisis salen caros, por más de 100.000 euros al año entre sueldo, conductores, auxiliares administrativos, etc.
Ante semejante panorama hay que preguntarse ¿por qué tanto incidente e ilegalidad? Pudiera ser que no queramos al jefe de turno, pues en este caso se crea la plaza superior; pero por el momento, si no cambia la ley, el jefe es un funcionario de carrera por oposición, y entre sus funciones por ley están las de dirigir, coordinar y supervisar las operaciones del cuerpo y nombrar los servicios.
En ese sentido si el jefe cometiera alguna ilegalidad está el régimen disciplinario, en caso contrario, tiene que cumplir con sus funciones o cambiarse la ley y nombrarlos por libre designación, dejando en este caso en entredicho su objetividad e imparcialidad. En las comunidades de Andalucía y Navarra no les han salido al parecer muy bien la experiencia.