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Los dependientes pagarán parte de los servicios según su renta

REGIÓN MURCIA

Los dependientes pagarán parte de los servicios según su renta

El Gobierno regional se dispone a aprobar el decreto que regula el copago

27.05.10 - 01:35 -
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El Gobierno regional tiene ya listo el decreto que regula el régimen de copago del sistema de la Dependencia. Es decir, el dinero que tienen que aportar las personas dependientes por los servicios y ayudas que reciben. Hasta ahora, y a falta de esta normativa, los usuarios de residencias o centros de día venían pagando sus plazas de acuerdo a las tarifas que la Comunidad Autónoma tenía fijadas previamente a la Ley de Dependencia. Ahora, se establece definitivamente un copago que se adecua a los criterios establecidos por el Estado y las comunidades en el Consejo Territorial de la Dependencia. Sin embargo, quienes ya se benefician de las ayudas no verán modificado su régimen de pago. Sólo quienes las soliciten a partir de la entrada en vigor del decreto se acogerán al nuevo copago, algo que ocurrirá previsiblemente a finales de junio o principios de julio.
El texto del decreto, al que ha tenido acceso 'La Verdad', establece que los usuarios de una residencia tendrán que pagar el 90% del coste de la plaza. Eso será así siempre y cuando puedan costearlo. Por ejemplo, una plaza de residencia para personas mayores cuesta 1.600 euros al mes. Esto significa que los usuarios con una renta suficiente tendrán que pagar 1.440 euros. Aquellos que dispongan de unos ingresos inferiores a esos 1.600 euros tendrán que pagar toda su renta salvo un 10%. Por ejemplo, alguien con una pensión de 1.500 euros mensuales desembolsará 1.350 euros. Pero este cálculo nos se aplicará en todos los casos, porque el decreto garantiza que las rentas más bajas podrán quedarse al menos con 120 euros para sus gastos personales.
Centros de salud - No se pagará más del 65%
La Consejería de Política Social ha terminado por incluir en el decreto algunas de las apreciaciones realizadas por el Consejo Económico y Social (CES), que advirtió de que el primer borrador que barajó la Comunidad superaba algunos de los baremos establecidos por el Consejo Territorial de la Dependencia para el copago. Es el caso de los centros de día. En un primer momento se barajó cobrar hasta el 90% del coste de las plazas de este servicio en función de la renta, pero tanto el CES como el Consejo Jurídico de la Región han instado a reducir ese porcentaje al 65%, tal y como estableció el Estado.
Finalmente se establece una escala progresiva en función de los ingresos del usuario y mediante una compleja fórmula matemática. Quienes cobren menos de 532,51 euros no tendrán que pagar nada. Quienes cobren el doble (1.065 euros), tendrán que pagar el 20% del coste de su plaza en el centro de día. Teniendo en cuenta que ese coste es de 700 euros en el caso de las personas mayores, esa persona desembolsará al mes 122,91 euros.
Quien disfrute de una pensión de 1.500 euros, pagará 254,36 euros. Con 2.000 euros de pensión, el coste será de 385,81 euros, y así progresivamente, hasta llegar al tope de 455 euros. Eso significa que una persona con una renta de 2.500 euros mensuales desembolsará lo mismo que alguien que cobre 3.000, porque el decreto establece ese máximo del 65% del coste del servicio. Hay, sin embargo, dos excepciones. Si la plaza de centro de día incluye la manutención y el transporte, ese límite sube hasta el 75% del coste del servicio. También se fija ese límite superior en el caso de personas que disfruten de un centro de día y al mismo tiempo cobren la prestación económica de ayuda al cuidador. Ambas ayudas serán compatibles cuando se apruebe otro decreto que ya ultima la Consejería de Política Social.
Ayudas a domicilio - Se seguirá el mismo criterio
Para el servicio de ayuda a domicilio -es decir, la presencia de algún profesional que ayude a cuidar al dependiente- se aplica el mismo criterio que para los centros de día. Los beneficiarios pagarán en función de su renta, pero nunca más del 65% del coste del servicio, o del 75% si además de la ayuda a domicilio disfrutan de algún otra prestación de la Dependencia que sea compatible con ésta. En estos momentos, hay 5.000 murcianos recibiendo asistencia a domicilio, según los datos de la Consejería. Sin embargo, no están incluidos dentro del sistema regional de la Dependencia porque la prestación se ofrece a través de convenios con los ayuntamientos. En todo caso, fuentes de la Consejería explican que las ayudas se incluirán en breve en la base de datos de la Dependencia.
Ayudas al cuidador - También hay copago
La gran mayoría de personas dependientes que hay en la Región se han acogido a la prestación económica al cuidador, un sueldo mensual que oscila entre los 520,69 euros al mes y los 300,90, dependiendo del grado de dependencia del usuario. El decreto del copago introduce aquí una novedad importante. A partir de su entrada en vigor se aplicará un criterio de progresividad, de forma que quienes menos tienen cobrarán este sueldo íntegramente y a quienes cuentan con más ingresos se les retraerá una cantidad de acuerdo, nuevamente, a una fórmula matemática. Así, los que disponen de una pensión inferior a 532,51 euros cobrarán íntegramente la prestación económica al cuidador. A quienes tengan más ingresos se les aplicará la retención proporcional. En todo caso, ningún beneficiario cobrará menos del 75% de la prestación económica. Es decir, ningún gran dependiente, cuya ayuda está fijada en 520,69 euros, cobrará menos de 390,50 euros mensuales.
En el caso de los dependientes Grado 2.1, el sueldo máximo está fijado en 300,90 euros al mes, y nadie cobrará menos de 225. De nuevo, las retenciones en las prestaciones económicas al cuidador serán superiores si el dependiente recibe además algún otro servicio de los previstos en la ley, por ejemplo una plaza en un centro de día. En esos casos, de recibir como mínimo el 75% del sueldo se pasa a recibir como máximo el 25%.
Prestación por el servicio - Cuando falten plazas
Cuando una persona dependiente solicita una plaza en una residencia o un centro de día y no quedan disponibles en la red pública en su localidad o en las cercanías, tiene derecho a que la Comunidad Autónoma cargue con parte del coste que supone contratar esos servicios en un centro privado. Por ejemplo, en el caso de una residencia con un coste de 1.600 euros al mes, la Comunidad abonaría unos 800 euros al usuario previa presentación de la factura.
Autonomía personal - Pisos tutelados o talleres
El servicio de promoción de autonomía personal incluye por ejemplo la asistencia a talleres ocupacionales o la residencia en un piso tutelado. El copago dependerá de si el servicio incluye residencia o no. En el primer caso se aplica el mismo criterio que en la atención residencial. Es decir, el usuario tendrá que abonar el 90% del coste siempre y cuando pueda asumirlo de acuerdo a sus ingresos. En el segundo caso, se aplica el mismo criterio que en las plazas de centros de día.
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Una enferma de alzhéimer en un centro de día. :: ESTHER NAVAL


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