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Fernando López Miras entregó en febrero las llaves del aeropuerto de Corvera a Jaime García-Legaz, presidente de Aena. EFE
El Supremo pone fin a la batalla del aeropuerto y da la razón al Gobierno regional

El Supremo pone fin a la batalla del aeropuerto y da la razón al Gobierno regional

Sacyr pierde el recurso principal y el alto tribunal avala el rescate de la concesión de Corvera que aprobó la Comunidad hace cinco años

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Sábado, 12 de mayo 2018, 01:37

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El Tribunal Supremo ha puesto el punto y final al largo litigio judicial del aeropuerto de Corvera y le ha dado la razón al Gobierno regional frente a la causa primera y principal que planteó Sacyr. Los magistrados han validado la decisión que tomó el Consejo de Gobierno hace casi cinco años de retirarle la concesión a Aeromur, liderado por la constructora, por incumplir el contrato y la puesta en funcionamiento de las instalaciones. Según el fallo al que ha tenido acceso 'La Verdad', el alto tribunal rechaza los seis motivos que sustentaban el recurso de Sacyr, y le condena al pago de las costas. El camino para la apertura del aeropuerto queda totalmente despejado de obstáculos judiciales.

El Gobierno de Fernando López Miras respira aliviado porque se ha liberado de la espada de Damocles que pesaba sobre el aeropuerto de Corvera, cuya explotación fue adjudicada a Aena a finales de 2017. Desde hace tres años estaba pendiente la decisión del Tribunal Supremo sobre el recurso de casación que interpuso Aeromur contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ), que dictaminó entonces a favor del Gobierno regional y respaldó el rescate del contrato por incumplimiento de las obligaciones esenciales, entre ellas la puesta de funcionamiento del aeródromo.

Cinco años de litigios

Este fallo llega en el momento más oportuno para la Comunidad Autónoma y para los planes de Aena de abrir las instalaciones en diciembre o enero. Desde que empezó la guerra judicial hace cinco años, Aeromur ha perdido todos los recursos que ha ido presentando contra la Comunidad Autónoma, defendida por la Dirección de los Servicios Jurídicos. Este era el caso principal que dio origen a la cascada posterior de litigios, entre ellos el que se planteó por el reequilibrio económico del contrato que denegó el Gobierno regional. Dicho recurso aún está pendiente en el TSJ de Murcia, aunque es muy probable que se vea condicionado por la decisión del Supremo

El fallo de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo también despeja el camino para la liquidación del contrato entre ambas partes, y deja en una posición favorable a la Comunidad Autónoma a la hora de negociar las contraprestaciones con la exconcesionaria.

Aeromur alegó ante el Supremo que se vulneraron varios preceptos del Código Civil y de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas cuando se rescindió el contrato el 16 de septiembre de 2013 mediante una orden de la Consejería de Obras Públicas. Sostuvo que la Administración autonómica había incumplido sus obligaciones, que el interés público no demandaba la resolución del contrato y que había sufrido indefensión, entre otros motivos.

La tesis del consorcio liderado por Sacyr se basó en que había previsión de plazos para construir el aeropuerto, pero no para su puesta en funcionamiento -relata el fallo de los siete magistrados de la Sala-, «de forma que la consecuencia del retraso en ese aspecto no es otra que la reducción del plazo para el retorno de la inversión: si el plazo de concesión es de cuarenta años contados desde la adjudicación, el retraso implica pérdida de tiempo para recuperar ese inversión, lo que va en perjuicio del concesionario».

Frente a este planteamiento, la Sala se remite a la sentencia del TSJ que rechazó, como cuestión de principio, que el contrato no tuviese plazo para la fase de puesta en funcionamiento, previa a la explotación del aeropuerto. También rechaza las objeciones de Aeromur relativas a las restricciones de tráfico por la proximidad del aeropuerto de San Javier, «que conocía la concesionaria al hacer la oferta». «Además, el posible cierre al tráfico civil en ese aeropuerto no se puede objetar como razón para no delimitar al espacio aéreo puesto que en su oferta dijo que se mantenía el aeropuerto de San Javier».

El Tribunal Supremo respalda la sentencia del TSJ de Murcia de octubre de 2015 que avaló la rescisión del contrato y dictaminó que Aeromur incumplió al no abrir el aeropuerto. Subrayó que no hubo causas ajenas que le impidieran hacerlo, y que el Gobierno regional hizo todo lo posible por ayudar al consorcio para que pusiera en marcha las instalaciones. Sobre la incidencia de la crisis económica, que fue uno de los principales argumentos esgrimidos por la exconcesionaria para solicitar el reequilibrio económico, el TSJ dijo que debía solventarse en otro recurso. Subrayó, no obstante, que la Comunidad Autónoma «prestó un aval para que la recurrente obtuviera la financiación».

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