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EFE
Lunes, 24 de octubre 2016, 00:53
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La Sala de lo Contencioso del TSJ de la Región ha aceptado la medida cautelar solicitada por una empresa constructora y ha dejado en suspenso la multa urbanística, por importe de 248.000 euros, que le fue impuesta por el Ayuntamiento de San Javier.
La sentencia estima así el recurso presentado por la empresa H., SL, pero a condición de que presente un aval en el Consistorio por el importe de la sanción. La resolución del TSJ revoca un auto del Juzgado de lo Contencioso número 1 de Cartagena, que denegó la suspensión reclamada, al considerar que no se había acreditado por la demandante que la ejecución del pago de la multa le supondría perjuicios irreparables o de difícil reparación.
Al revocar la resolución, la Sala dice que el juzgado «no tuvo en cuenta que nos encontramos ante una resolución de carácter sancionador y que, por tanto, resulta de aplicación el principio de presunción de inocencia».
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