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Pedro Antonio Sánchez, a su llegada al juzgado de Lorca, el pasado mes de marzo. David Giner
Sánchez adelanta un día la recogida del auto de apertura del juicio del 'caso Pasarelas'

Sánchez adelanta un día la recogida del auto de apertura del juicio del 'caso Pasarelas'

El expresidente de la Región de Murcia alegó la imposibilidad de acudir este viernes a la cita judicial para cambiar la fecha

EFE

Murcia

Viernes, 18 de mayo 2018, 09:59

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El expresidente de la Región de Murcia Pedro Antonio Sánchez adelantó un día la visita que tenía concertada para este viernes en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Lorca para que le fuera notificada la apertura de juicio oral contra él en el 'caso Pasarelas' de corrupción urbanística.

El juez Antonio Morente lo había citado a las 9.30 horas de este día 18 para entregarle la notificación y los escritos de acusación junto al arquitecto Martín Lejárrajaga, también acusado, que fue quien pidió el cambio en la fecha alegando la imposibilidad de acudir este viernes al juzgado.

Fuentes judiciales informaron de este extremo a los periodistas que aguardaban la llegada del expresidente a la puerta de los juzgados de Lorca, después de que varios abogados hayan comentado con los informadores que Pedro Antonio Sánchez había estado el día anterior en la sede del Número 3.

La petición de Lejárraga de adelantar la cita de notificación fue aceptada por el instructor y los dos acusados acudieron ayer a los juzgados a recoger la documentación.

En el Caso Pasarelas el juez Morente trata de esclarecer la presunta adjudicación fraudulenta de obras municipales para la rehabilitación de unos puentes en la rambla de Nogalte de Puerto Lumbreras cuando Sánchez era alcalde, por el PP, de esa localidad.

El fiscal ha pedido para él una pena de nueve años y seis meses de inhabilitación especial para empleo cargo público por la comisión de un delito de prevaricación administrativa.

También pide una pena de tres años y seis meses de prisión y multa de 12 meses con cuota diaria de 25 euros y 3 años y 6 meses de inhabilitación especial de sufragio pasivo y activo, así como la incapacidad para obtener durante el plazo de la condena cualquier cargo o empleo público, sea o no electivo, en el ámbito municipal, autonómico y estatal, por un delito de falsedad documental.

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