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Rechazan indemnizar a un joven al que le crece vello en el interior del pene tras ser operado en La Arrixaca

Rechazan indemnizar a un joven al que le crece vello en el interior del pene tras ser operado en La Arrixaca

Desde entonces asegura que sufre uretritis crónica, impotencia, vello en el interior del pene que dificulta la micción y trastorno depresivo

EFE

Martes, 5 de diciembre 2017, 11:31

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un joven que reclamó una indemnización de195.600 euros por las secuelas que sufre tras las operaciones a las que fue sometido para corregir una anomalía en el pene, entre las que se encuentra el crecimiento de vello en el interior de la uretra que le dificulta la micción.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ, a la que ha tenido acceso Efe, señala que los informes aportados al proceso judicial no permiten deducir que se produjera una mala práctica en la atención médica que recibió desde niño para corregir la hipospadias que le fue diagnosticada y por la cual la apertura de la uretra aparecía en la parte inferior del pene.

En la demanda presentada contra la Consejería de Sanidad del gobierno murciano por responsabilidad patrimonial, el reclamante señaló que en abril de 1988 fue intervenido en el hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia para corregir la flexión del pene mediante una cetaplastia.

A partir de entonces comenzó un proceso de otras numerosas intervenciones quirúrgicas a lo largo de los años 2001, 2008 y 2011, efectuadas tanto en el citado hospital como en la Fundación Puigvert de Barcelona.

Para el paciente, hubo una mala praxis médica, conclusión a la que llegó en base al informe médico pericial que aportó, que concluía que el momento aconsejable para realizar la uretroplastia ha de estar comprendido entre los tres y quince meses de edad, mientras que a él se llevó a cabo cuando tenía siete años.

Y añadió que a raíz de la tardía operación se le generaron una serie de secuelas que le acompañarán de por vida, como la uretritis crónica, impotencia, vello en el interior del pene que dificulta la micción y trastorno depresivo.

En cuanto a la existencia de folículos pilosos, expuso que la misma era debida a que a la hora de realizarle un injerto se utilizó tejido escrotal.

El Servicio Murciano de Salud, dependiente de la Consejería de Sanidad, descartó la existencia de una mala práctica médica y añadió que "en relación con las complicaciones postquirúrgicas, se debe tener en cuenta que los padres fueron informados de estas, y las que padeció se encuentran dentro de las posibles de la cirugía y no suponen una técnica quirúrgica inadecuada".

En cuanto a la aparición del vello uretral, la Sala dice que no está acreditado que se utilizara piel del escroto, y añade que, como se recoge en el informe de la Inspección Médica incorporado al proceso, se trata de una complicación de la intervención quirúrgica.

La sentencia, aunque desestima el recurso, no impone las costas al reclamante "ante la complejidad de los hechos sometidos a enjuiciamiento".

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