Tras conocerse la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid -que hacía referencia expresa a cinco aparcamientos, de los que tres eran de Murcia-, los primeros parking en sumarse al nuevo sistema tarifario fueron los dos que tiene El Corte Inglés en sus tiendas de Murcia y Cartagena.
Murcia ha sido pionera en la implantación del sistema de cobro por minutos. Fuentes de la Administración regional, destacan «la sensibilidad del sector por ir cambiando: antes la regla general era por hora o fracción y se está llevando a cabo el cambio en la mayoría de los aparcamientos».
Los expedientes sancionadores pueden acabar en multas de entre 15.000 y 600.000 euros. Así, el estatuto de los Consumidores y Usuarios establece una graduación en las sanciones con su correspondiente cuantía económica, que va de las infracciones que tienen la calificación de leve, con multa de hasta 3.000 euros, a graves (de 3.001 a 15.025 euros) y muy graves (601.000 euros).
La Dirección General de Consumo ya estimó en enero del 2002 que el redondeo del precio de los aparcamientos representaba una cláusula abusiva en base a la infracción de la legislación vigente.
Concretamente el art. 10 bis punto 1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores tipifica como abusivas las cláusulas no negociadas individualmente que en contra de las exigencias de la buena fe, causen en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.
Además, la disposición adicional primera, punto 23, de la citada ley, tipifica como abusiva la imposición al consumidor de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados. También se infringe la disposición adicional primera, punto 24, de la citada ley que tipifica como abusivos los incrementos de precio por servicios accesorios... que no corresponden a prestaciones adicionales.
En base a esta normativa, la Dirección General de Consumo llevó el asunto al juez. Se recurrió conjuntamente el caso de cinco aparcamientos, de los que dos eran de Madrid y tres eran de Murcia, entre ellos el del Corte Inglés. El pasado 5 de octubre, la Audiencia Provincial de Madrid fallaba en el sentido de considerar «abusivo» la imposición de la cláusula de pago «por hora o fracción». Ya lo había sentenciado así, en primera instancia, el Tribunal de Primera Instancia de Madrid el 20 de marzo del 2004.
Consumo anunció una inspección y que sancionaría a las empresas que no cobraran por minutos. Entre éstas está Renfe. Consumo haya pedido al Ministerio de Sanidad que se dirija al de Fomento para que accedan a modificar el sistema tarifario.