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Vista ayer de la estación de servicio ubicada junto a la urbanización Altorreal de Molina.
El juez anula la licencia municipal de obra para la gasolinera de Altorreal

El juez anula la licencia municipal de obra para la gasolinera de Altorreal

Una sentencia estima el recurso de la entidad de conservación y señala que la concesión se produjo en base a una resolución urbanística ilegal

JUAN LUIS VIVAS

Jueves, 26 de marzo 2015, 03:16

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El equipo de Gobierno ha sufrido un duro varapalo ante la justicia. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Murcia ha anulado «por no ser conforme a derecho» el acuerdo de la Junta de Gobierno local del 29 de marzo de 2011 que concedió licencia de obras para la construcción de una estación de servicio en la urbanización Altorreal

En una sentencia fechada el pasado 11 de marzo, el magistrado José Miñarro estima el recurso presentado por la entidad de conservación de Altorreal contra el Ayuntamiento y las mercantiles Disa Península -propietaria de la gasolinera- y Laborda Inmuebles -dueña del terreno-, que podrán presentar recurso porque la resolución judicial no es firme. En este sentido, el Consistorio está valorando sumarse al mismo, según indicó la primera teniente de alcalde, Adoración Molina.

En sus fundamentos de derecho, el magistrado remarca, entre otras consideraciones, que «el acto administrativo de concesión de la licencia de gasolinera se dictó en base a una determinación urbanística ilegal, por lo que procede su anulación». Una de las claves está en algo que ha venido denunciado la entidad, la plataforma 'No a la gasolinera de Altorreal' y los cuatro grupos de oposición, PSOE, IU Verdes, UPyD y C,s.

En concreto, siempre dijeron que la licencia otorgada a la anterior propietaria de los terrenos, Urbis S.A, se hizo sobre una parcela de tipo EP2, que corresponde a equipamiento social y privado, que no permitía la construcción de una gasolinera, según la ordenanza. Urbis reconoció ser propietaria de un terreno calificado como EP2, como así indica el juez quien además remarca que «quedó resuelta la queja denunciada de forma definitiva mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de septiembre de 2003, por el que se estableció que la parcela litigiosa es EP2».

La sentencia comulga con el planteamiento de la entidad urbanística y de la referida plataforma vecinal, que insistieron en que el PGOU de Molina se aprobó en 2006 y que el acuerdo del Consejo de Gobierno regional, fechado tres años antes, no fue recurrido «jamás» por la propietaria de los terrenos ni por el Ayuntamiento, por lo que se debe partir del mismo a la hora de determinar la calificación urbanística de la parcela sobre la que se ha construido un centro comercial y gasolinera. De hecho, el juez sostiene que «no hay ninguna duda» de que la parcela estaba calificada jurídicamente como EP2, y añade el magistrado que el Ayuntamiento concedió licencia de obras el 9 de enero de 2007 para la construcción del referido centro.

«Procedimiento irregular»

¿Qué hizo el Ayuntamiento para justificar el cambio de denominación? En mayo de 2006 remitió a la Consejería de Obras Públicas la modificación provisional del PGOU para su aprobación definitiva, diciendo entonces que «se corrige el error de denominación de la parcela EP2 que pasa a denominarse CC2».

El juez dice que se intentó arreglar «el irregular procedimiento mediante un informe de la jefa de servicio de Urbanismo», con el que se pretendía anular el acuerdo del Consejo de Gobierno. Pero el informe de un funcionario «no tiene virtualidad para dejar sin efecto un acto administrativo».

La entidad urbanística de Altorreal remitió un escrito, hace dos años, a la Consejería de Obras Públicas en el que indicaba que el Ayuntamiento de Molina «desliza con engaño, alevosía y premeditación un supuesto error material que no existe, tratando de evitar realizar el cambio como lo que realmente es, una modificación del Plan Parcial de Altorreal, impidiendo que los vecinos pudieran hacer alegaciones».

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