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Pedro Antonio Sánchez, en la Asamblea Regional. Antonio Gil / AGM
El TSJ renuncia a 'Púnica' y 'Auditorio' y los devuelve a la Audiencia Nacional y Lorca

El TSJ renuncia a 'Púnica' y 'Auditorio' y los devuelve a la Audiencia Nacional y Lorca

La Sala de lo Penal admite la pérdida de competencia por la dimisión de Sánchez como diputado

La Verdad

Lunes, 23 de octubre 2017

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Los casos 'Auditorio' y 'Púnica', en los que está encausado el expresidente murciano Pedro Antonio Sánchez, han abandonado las dependencias del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región y se encaminan hacia el Juzgado de Instrucción número 1 de Lorca y hacia el Juzgado Central número 6 de la Audiencia Nacional, respectivamente.

La Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJ notificó ayer sendas resoluciones en las que confirma que ha perdido su competencia para seguir tramitando ambas causas, debido a que el principal encausado, Pedro Antonio Sánchez, presentó el pasado 27 de septiembre su dimisión como diputado en la Asamblea Regional y, con ello, dejó de disfrutar del privilegio del aforamiento.

Con su renuncia al escaño, los dos procedimientos sobre supuesta corrupción regresan a los tribunales ordinarios en los que se inició la investigación: la Audiencia Nacional, en lo que se refiere al 'caso Púnica', y el juzgado de Lorca, en lo referente al 'caso Auditorio'. En ambos asuntos, a estos órganos judiciales solo les resta ya abrir juicio formalmente contra Sánchez y el resto de los implicados, una vez que el TSJ ya dictó hace unos meses los respectivos autos de procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento).

Pese a que la competencia general retorna a Lorca y a la Audiencia Nacional, la Sala de lo Civil y de lo Penal del TSJ la conserva a la hora de resolver los recursos pendientes. Así, en las diligencias por 'Púnica' hay tres recursos sobre los que este órgano debe pronunciarse, mientras que en la causa del 'Auditorio' quedan nada menos que seis recursos en trance de resolver.

En principio, el retraso en la tramitación originado por la devolución de las actuaciones no tiene por qué ser significativo, según coinciden distintas fuentes consultadas.

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