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Más dureza contra la piratería cultural

El Congreso aprueba la Ley de Propiedad Intelectual, que establece multas de hasta 600.000 euros

DANIEL ROLDÁN

Viernes, 31 de octubre 2014, 02:03

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El Congreso de los Diputados aprobó ayer la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) gracias a los votos del Partido Popular, que se ha quedado solo en la aprobación del texto y de las cinco enmiendas del Senado. Una norma que entrará en vigor el 1 de enero y que supone un «remedio puntual», según comentó el ministro de Educación, Cultura y Deporte. José Ignacio Wert indicó en los pasillos de la Cámara baja que en 2015 el texto será modificado debido a que la UE prepara una directiva sobre la materia de «amplio calado». Un tiempo que desde el Ministerio se quiere utilizar para lograr un mayor consenso tanto de los grupos parlamentarios como de las empresas culturales.

Transparencia de las entidades de gestión. Sufren una revolución en pos de una mayor transparencia y serán vigiladas por las administraciones. Tendrán que rendir cuentas de forma anual y realizar una auditoría, y establecer un cuadro de infracciones y sanciones que permitan exigir a las entidades de gestión responsabilidades administrativas por sus incumplimientos legales. En este sentido, las sanciones económicas podrán llegar hasta el 2% de la recaudación del año anterior. En caso de que sea necesario intervenir la entidad, se establece la posibilidad de que se nombre un gestor interino para que intente reconstruir el funcionamiento de la entidad de derechos. Por otra parte, la SGAE y otras entidades tendrán novedades en el cobro de las cuotas: se establece un sistema de recaudación de ventanilla única como medio de facturación y pago para evitar la multiplicación de gestiones por parte de los usuarios a la hora de abonar el uso de contenidos protegidos.

Tarifas generales equitativas. La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual tendrá que vigilar que las tarifas sean equitativas y no discriminatorias. Las entidades de gestión tendrán hasta el 1 de junio de 2015 para fijarlas.

Compensación a los editores. La ley reconoce el derecho de las empresas editoras y a los autores de noticias a ser compensados económicamente por la explotación de sus contenidos por parte de los agregadores de noticias. Se traslada el mismo sistema que se aplica en los 'press-clippings', dando una base jurídica que permita un acuerdo entre las partes -editores y agregadores-. Los usuarios, tanto en webs como en redes sociales, no están sujetos al pago alguno por este concepto como tampoco el uso de la mera indexación. La Asociación de Editores de Diarios Españoles ha reiterado durante todo el proceso parlamentario que «el reconocimiento de los derechos que amparan a los editores sobre los contenidos que elaboran sus medios resulta hoy esencial». Por su parte, Google, una de las empresas más afectadas a través de su servicio Google News, indicó sentirse «decepcionada» por la aprobación de la ley y que valorará «opciones en el marco de la nueva reglamentación».

Ley de Enjuiciamiento Civil. Sufre una pequeña modificación para que el titular que vea dañados sus derechos pueda solicitar al juez la identificación del titular de una web sospechosa de violar los derechos de autor.

Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual. Incrementa sus competencias. Podrá actuar frente a las webs que tengan como actividad facilitar de «manera específica y masiva» la localización de contenidos ofrecidos de forma ilegal como las páginas de enlace. Ante la negativa por parte de los propietarios de esas páginas, podrá requerir la colaboración de intermediarios de pagos electrónicos y de publicidad para una «estrangulación» económica de las webs infractoras. Cuando esté justificado, y con la autorización de un juez, se podrá bloquear la página. Las sanciones oscilarán entre los 30.000 y los 600.000 euros y, en ningún caso, afectarán a los usuarios finales.

Copia privada. El canon por copia privada se financiará a través de los Presupuestos Generales del Estado, aunque el Supremo ha solicitado información al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para saber si este nuevo sistema se ajusta a la legislación europea.

Derechos de los artistas. La ley incluye también una directiva europea para ampliar en 20 años -de 50 a 70 años- los derechos de los artistas, intérpretes o ejecutantes, y de los productores de fonogramas.

Obras huérfanas. Se garantiza el acceso en línea de dichas obras que no tienen un autor.

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