La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia de un juzgado de lo Penal de Lorca que condenó a un hombre por quebrantar la orden de alejamiento de su expareja al acudir a la discoteca donde esta trabajaba, en Totana. Deberá cumplir seis meses de prisión. La resolución rechaza así el recurso que el condenado presentó contra la condena. Esta declaró probado que los hechos ocurrieron en la madrugada del 27 de agosto de 2017, cuando el acusado, pese a conocer que no podía acercarse a la denunciante, acudió a su lugar de trabajo.
La resolución judicial añadió que en aquellos momentos se encontraba bajo los efectos del consumo de bebidas alcohólicas, por lo que al concretar la condena tuvo en cuenta la eximente incompleta de intoxicación etílica.
En su recurso, el acusado pidió que se le apreciara la intoxicación etílica como eximente completa, al considerar que por la ingesta de alcohol no sabía lo que hacía. Sin embargo, la sala dice que el juzgado ya le dio un trato generoso y rechaza su recurso.
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