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Palacio de Justicia de la Región de Murcia. Nacho García / AGM
Condenada por falsificar la foto de su tarjeta de residencia para parecer más guapa

Condenada por falsificar la foto de su tarjeta de residencia para parecer más guapa

La denunciada presentó, en un primer momento, la fotografía de una mujer de edad aproximada a la suya y, en segunda instancia, una imagen suya retocada por ordenador

EFE

Murcia

Lunes, 21 de mayo 2018, 11:49

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La Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso presentado por una mujer contra la sentencia que la condenó por colocar en una tarjeta de residencia una fotografía que no era suya y que alegó en su defensa que sí lo era y que lo único que ocurrió es que la retocó un poco porque es muy coqueta y quería aparecer muy guapa.

La sentencia indica que el Juzgado de lo Penal de Murcia que la condenó a ocho meses de prisión como autor de un delito de falsedad en documento oficial declaró probado que esta mujer se personó el 9 de febrero de 2015 en el cuartel de la Guardia Civil de Cieza (Murcia) y denunció que había extraviado su permiso de residencia y su documento de identidad. El hecho se produjo, añadió, cuando efectuaba unas compras en un supermercado de la citada población murciana.

Tras esa denuncia, consiguió que se le extendiera un nuevo permiso de residencia en el que figuraban las mismas circunstancias personales que en el anterior, con la única salvedad de que aportó una fotografía de una mujer de edad aproximada a la suya, «cuya identidad de desconocer y de rasgos algo diferentes a los suyos».

La denunciada conservó ambos permisos de residencia en su poder, descubriéndose los hechos cuando su pareja, que fue denunciado por violencia de género y que estaba investigado en las actuaciones, los presentó en el Juzgado, que acordó deducir testimonio contra ella.

La sentencia, que ahora encuentra el respaldo de la Audiencia Provincial de Murcia, la condenó a ocho meses de prisión y al pago de una multa de 630 euros, que podrá abonar en diez plazos mensuales, aunque se le advertía de que el impago de dos de ellos de forma consecutiva conllevaría la pérdida del aplazamiento.

La recurrente señaló en su apelación que la fotografía de la segunda tarjeta sí era suya, que se la hizo en uno de los viajes que efectuó a su país natal, en el norte de Africa, y que si podía parecer otra era porque utilizaba muchos retoques para que pudiera aparentar ser más guapa de lo que en realidad es.

Además, expuso que lo declarado por su marido no respondía a la verdad y que actuó así por venganza, debido a que fue investigado en el caso de violencia de género.

Al desestimar su recurso, la Sala dice que el informe pericial aportado a las actuaciones concluía que era mucho más probable que las fotografías del rostro correspondieran a dos personas distintas que a la misma.

Y añade que, además, se cuenta con el principio de inmediación, ya que la magistrada que dirigió el juicio que acabó en su condena pudo ver directamente las imágenes de los documentos y el aspecto físico de la acusada al declarar en el juicio seguido contra ella.

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