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El fiscal acusa de permitir una obra ilegal a dos arquitectos municipales

Reclama 3 años de cárcel y 6 de inhabilitación para Pedro José T. por dar luz verde a ocho casas, bajos y garajes en una zona catalogada como verde

Alicia Negre

Lunes, 3 de octubre 2016, 12:54

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La Fiscalía ha solicitado que se abra juicio en la Audiencia Provincial contra el arquitecto técnico municipal de Puerto Lumbreras, Pedro José T. M., y contra la arquitecta superior externa del Ayuntamiento, Inmaculada G. C., por presuntos delitos de prevaricación en concurso con delitos contra la ordenación del territorio. El Ministerio Público acusa a ambos de consentir «por acción y omisión y a sabiendas de su ilegalidad» que se diesen licencias a la mercantil Promociones y Construcciones Ruaza para levantar 8 viviendas, bajos comerciales y garajes en una zona clasificada como zona verde en el planeamiento municipal, situada junto a la Avenida de Astudillo en la antigua N-340.

Esta investigación partió de una demanda del Grupo Municipal Socialista interpuesta en el año 2007 contra el equipo de Gobierno, incluido el alcalde en ese entonces, el actual presidente regional, Pedro Antonio Sánchez. La causa, no obstante, solo ha prosperado contra estos dos arquitectos técnicos, ya que el fiscal finalmente no formula tampoco acusación contra la secretaria municipal.

El Ministerio Público expone, en el escrito que ha dirigido al Juzgado de Instrucción número 1 de Lorca, que el arquitecto «informó favorablemente en el expediente pese a saber que tal licencia era de imposible concesión por ser contraria a las normas». La Fiscalía reclama para Pedro José T. M. cinco años de prisión, seis años de inhabilitación para cargo público y el pago de una multa de 7.200 euros. En el caso de la arquitecta Inmaculada G. C. pide que se le impongan 8 años de inhabilitación para cargo público -ya sea por oposición o por contratación externa- y una multa de 4.500 euros.

El Ministerio Público interesa, además, que se declaren nulas las licencias otorgadas para la construcción de estas viviendas en caso de que la sentencia sea condenatoria y que el Consistorio responda de forma subsidiaria con los acusados de los daños y perjuicios que cause esta nulidad. Aclara, no obstante, que, a su entender, estas casas no deben ser demolidas ya que, de acuerdo al nuevo Plan General de Ordenación Urbana, cabría su autorización y «carecería de sentido práctico solicitar la demolición de algo que actualmente podría autorizarse».

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