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Indemnizarán a la limpiadora de una residencia de El Palmar que contrajo hepatitis al pincharse con una aguja

La Comunidad deberá pagar a la trabajadora 28.000 euros por el periodo de incapacidad derivado del tratamiento retroviral al que fue sometida tras el accidente laboral

EFE

Martes, 10 de abril 2018, 12:44

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La Comunidad Autónoma deberá abonar una indemnización de 28.000 euros a una trabajadora del servicio de limpieza de la residencia 'Luis Valenciano', dependiente de la administración regional, que contrajo la hepatitis C al pincharse con una aguja cuando desarrollaba su labor.

Así se recoge en un dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM), que discrepa de las conclusiones a las que llegó el instructor del expediente abierto tras la reclamación de la afectada, que consideró que la administración no tenía por qué hacer frente a la responsabilidad patrimonial alegada en la demanda.

La perjudicada, empleada en una empresa de limpieza, señaló en su reclamación que los hechos ocurrieron el cinco de julio de 1997, cuando realizaba su labor en la citada residencia, ubicada en la pedanía murciana de El Palmar, y se pinchó con una aguja, como consecuencia de lo cual contrajo la hepatitis.

Expuso también que ya en el año 1998 formuló una reclamación de responsabilidad patrimonial por los días de baja médica e incapacidad que, previa desestimación en la vía administrativa, le fue reconocida por sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, que declaró su derecho a ser indemnizada por la administración en la cantidad de 10.880 euros.

La demandante señaló también que al empeorar su estado de salud debió someterse a un tratamiento para combatir la hepatitis C que, por su agresividad, se vio obligada a causar baja laboral en el año 2014, sufriendo secuelas de tal entidad que le llevaron a solicitar la declaración de incapacidad permanente.

El instructor del expediente propuso la desestimación de la reclamación al señalar que no se había demostrado que los nuevos padecimientos alegados tengan su origen en la enfermedad que contrajo como consecuencia del accidente laboral referido.

El CJRM concluye que sí concurren los elementos determinantes de la responsabilidad patrimonial de la administración, por lo que expone que la reclamante tiene derecho a ser indemnizada con 28.000 euros, correspondientes al periodo de incapacidad derivado del tratamiento retroviral al que fue sometida.

Por el contrario, indica que no procede indemnizar también por unas secuelas cuya relación causal con la infección no ha quedado plenamente establecida y por las que la paciente igualmente había reclamado.

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