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Un agente de la Policía Local de Murcia realiza un control de alcoholemia. Javier Carrión / AGM
Más de 200 opositores a policía local de Murcia impugnan las bases por discriminación

Más de 200 opositores a policía local de Murcia impugnan las bases por discriminación

A los juzgados también han llegado recursos que exigen la suspensión de las bases por quedar sin opciones los aspirantes menores de 20 años

Manuel Madrid

Murcia

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Miércoles, 10 de enero 2018, 20:08

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El proceso de oposiciones a Policía Local de Murcia apenas ha echado a andar y ya está en los tribunales. El plazo de admisión de inscripciones acaba el 28 de enero próximo, pero, según ha podido saber 'La Verdad', ya se han presentado «una marea de impugnaciones» -más de 200, según fuentes jurídicas- de posibles aspirantes que se sienten agraviados por los requisitos aprobados. También están preparados los recursos contencioso-administrativos por la vía especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, solicitando medidas cautelares y la suspensión del concurso para proveer 47 plazas por considerar que es discriminatorio para menores de 20 años.

Las bases permiten presentarse a personas mayores de 18 años, pero se exige «estar en posesión de los permisos de conducción de motocicletas de todas las cilindradas, y de turismos», es decir, es condición ineludible disponer del permiso A, pero éste solo puede obtenerse con 20 años cumplidos. Además, no se exige en ninguna otra comunidad española. De modo que los aspirantes de 18, 19 e incluso de 20 no pueden cumplir esa formalidad en Murcia, siendo automáticamente excluidos.

  • 47 plazas ha convocado el Ayuntamiento. 21 corresponden a la oferta de empleo de 2016 y 26 a 2017.

  • 18 es edad mínima de los aspirantes , aunque en la práctica no pueden presentarse los de menos de 20.

Motivos de anulación

Esta circunstancia, según el relato de uno de los demandantes de 19 años, vulnera los principios de arbitrariedad, igualdad, capacidad y mérito en el acceso al empleo público, por lo que en el recurso se indica que este requisito es motivo de anulación de las bases. Además, «se vulneran los principios de jerarquía normativa, de igualdad y de buena fe, confianza legítima y actos propios depositados en los aspirantes, y de la propia normativa de la Comunidad Autónoma -ley 4/1998 y el anexo V del Decreto 82/1990, y el borrador del anteproyecto de Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia». La Junta de Gobierno aprobó el 1 de diciembre la convocatoria de oposición para proveer plazas de agente de la Policía Local, tras más de diez años sin abrir un proceso similar y con gran expectación entre los aspirantes de la Región y de provincias limítrofes, pero para muchos de ellos fue una sorpresa descubrir unos requerimientos imposibles de cumplir en igualdad de condiciones.

En el contencioso presentado por uno de los primeros demandantes, de 19 años, indica que lleva preparándose por cuenta propia para dicha oposición, «con gran esfuerzo y dedicación desde hace más de dos años, cumpliendo todos los requisitos exigidos tanto por la ley como por anteriores convocatorias del Ayuntamiento (español, sin antecedentes, con bachillerato...)». Menciona que en base a la convocatoria impugnada («estar en posesión de los permisos de conducción de motocicletas de todas las cilindradas y de turismos»), no sabe a qué atenerse, pues en un primer momento se aprobó exigir el permiso A2 -que se puede obtener con 18 años-, con expedición en curso, y se cambió a la exigencia del permiso A, que solo se puede conseguir con 20 años. Los contenciosos presentados reclaman que se suspenda la resolución por la que se aprobaron las bases el 1 de diciembre, publicadas en el BORM el 19 de diciembre de 2017, y se rectifique ese artículo de las bases para que, como se ha incluido en otros procesos en otros ayuntamientos de España, se pueda presentar cualquier candidato en posesión del permiso de conducción de motocicletas A o A2, y de turismos B. Los que accedan al cuerpo poseyendo el permiso de la clase A2, propone este demandante, deberán manifestar su compromiso de tramitar y obtener por su propia cuenta el permiso A, en el tiempo más breve posible, y en cualquier caso en el plazo máximo de dos años, a contar desde la fecha de toma de posesión como funcionarios de carrera, que presentarán mediante declaración jurada.

Además, reclaman que se amplíe el plazo de presentación de instancias de 20 días naturales a partir del día siguiente de dicha publicación.

Para los candidatos que han impugnado la única razón por la que el Consistorio no rectifica -las bases fueron acordadas en Mesa de Negociación, con el beneplácito de UGT, Sime, CC OO, Csif y SPLRM-Atabam, con la única queja del PSOE, que pide rectificar las bases-, es «restringir de forma sibilina la libre competencia de los aspirantes en las oposiciones por razón de edad» impidiendo que los menores de 20 puedan concurrir.

«No nos sacamos los requisitos de la manga», afirma el concejal Guillén

El concejal responsable de Personal, José Guillén, responde a las críticas argumentando que «los requisitos que tienen que cumplir los aspirantes a las oposiciones de agente de Policía Local no nos los sacamos nosotros de la manga sino que son los que establece el decreto número 82/1990, de 16 de octubre de 1990, por el que se aprueban los criterios a que deberán atenerse las bases de las convocatorias que se aprueben por las Corporaciones Locales de la Región para el ingreso y ascensos en los Cuerpos de Policía Local». Además, recuerda que estas bases se aprobaron en la Mesa General de Negociación del 20 de noviembre en la que estaba presente el Grupo Municipal Socialista junto al resto de grupos políticos y sindicatos. «Este es un tema delicado y creemos que no se debe frivolizar, hacer mala política o tratar a la ligera temas que afectan a la ilusión y el trabajo de miles de aspirantes». Pero han sido los propios aspirantes que han demandado al Ayuntamiento los que desmontan su tesis de que se está respetando la Ley y el decreto 82/1990. Según el sector que pide la suspensión del proceso, Guillén miente, ya que en dicho decreto no se hace ninguna mención a disponer de todos los permisos de conducción. «Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A2, B1 y B2», es lo que dice el texto. También citan una sentencia de la Jefatura de Tráfico de Tenerife que emite un certificado donde reconoce la equivalencia del A al A2 por los cambios en la ley. Muchos de los aspirantes que se sienten agraviados confían en que el Consistorio rectifique las bases de la convocatoria, si estima las impugnaciones ya presentadas y las del Partido Socialista.

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