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Fina Poveda, trabajadora social del Ayuntamiento, atiende a un 'sin techo' en una reciente salida nocturna del Semas. Edu Botella / AGM
Nuevo giro en la atención a domicilio

Nuevo giro en la atención a domicilio

El Ayuntamiento prestará asistencia a los enfermos terminales y partos múltiples. La ordenanza que debe sustituir a la de 2002 amplía el número de casos para ayudar de forma temporal a menores en riesgo y a los sin techo

Manuel Madrid

Murcia

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Lunes, 29 de enero 2018, 08:22

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En plena zapatiesta por la dimisión de Roque Ortiz a raíz de su polémica arenga a los pedáneos para que no olviden que hay mucha gente a la que el PP da trabajo, el Gobierno del alcalde Ballesta ha presentado a los grupos de la oposición el borrador de una nueva ordenanza para regular la atención domiciliaria. Como la atención a dependientes pasa a ser exclusivamente de la Comunidad Autónoma, el Ayuntamiento dará cobertura a casos nuevos, especialmente aquellos que tengan carácter temporal.

Aunque todavía tiene que mejorarse con aportaciones de colectivos y del resto de partidos de la Corporación, esta declaración de intenciones del equipo de la Concejalía de Derechos Sociales contempla importantes novedades, como la posibilidad de prestar este servicio de forma temporal y limitada en el tiempo y el nuevo abanico de destinatarios. La concejal Conchita Ruiz Caballero explica que en ese grupo de situaciones figuran, por ejemplo, las familias con partos múltiples sobrecargadas por las tareas de crianza y cuidado de los menores -sería por un periodo inicial de 12 meses desde el momento del parto, que podrá ser prorrogado hasta los 18 meses si se trata de familias monoparentales o con las que se mantiene un proyecto de intervención social-, la atención a menores en situación de riesgo o vulnerabilidad, a personas en situaciones invalidantes de carácter temporal como el caso de los enfermos terminales, o en los procesos terapéuticos que requieran de acompañamiento o apoyos temporales; personas sin techo, o con otras circunstancias similares que requieran de intervención puntual para tareas de higiene personal para su ingreso en centros de acogida, residenciales o sanitarios.

Con esta ordenanza, aún en fase de discusión, se establece la incompatibilidad con las prestaciones contempladas con el sistema de atención a la dependencia en aquellos casos de ser susceptibles de ser incorporados a dicho sistema, expone la edil Ruiz, «aunque se puede mantener el servicio o ser prestado en tanto no se concede el correspondiente del sistema de atención a la dependencia». El Ayuntamiento fijará un límite en los ingresos para ser perceptor del servicio en el caso de las nuevas solicitudes, respetando aquellos casos que fueron concedidos conforme a la anterior normativa. Las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial afectadas en su autonomía personal, que viven solas o que no pueden ser atendidas suficientemente por sus familias también se encuentran en el grupo de potenciales usuarios del servicio, siempre y cuando no tengan reconocido un grado de dependencia y el derecho a prestaciones.

El Ayuntamiento gestiona y presta el servicio de Ayuda a Domicilio desde 1984, concebido como servicio público y programa básico de apoyo garantizando a las personas beneficiarias de una serie de atenciones domésticas y personales que favorecen la permanencia en su entorno habitual de convivencia. La ordenanza que regula este servicio, de 2002, será sustituida por la nueva normativa, que debe ser aprobada por el Pleno de la Corporación, y se planteará con perspectiva de género y como medida de apoyo a la conciliación de la vida familiar y laboral.

La ordenanza detalla con más precisión los contenidos del servicio, diferenciando las tareas de atención personal, domésticas, de carácter psicosocial y educativo, y otras que pueden realizarse fuera del domicilio. Si no fuese posible la prestación del servicio de forma inmediata, se elaborará una lista de espera. Serán rechazadas las solicitudes cuando la renta per cápita mensual de la unidad de convivencia supere el 175% del IPREM para personas que viven solas y el 160% del IPREM cuando existen dos o más miembros computables en la misma, según la propuesta que ha hecho llegar el servicio a los grupos de la Corporación.

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