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Ángeles Micol -derecha- y varios vecinos de Puente Tocinos posan con la sentencia, ayer.
El Tribunal Supremo asesta otro varapalo al urbanismo municipal

El Tribunal Supremo asesta otro varapalo al urbanismo municipal

Desestima el recurso del Ayuntamiento contra el TSJ que anuló un plan parcial en Puente Tocinos para 5.000 viviendas, sin garantía de recursos hídricos

María José Montesinos

Sábado, 28 de enero 2017, 00:31

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Nuevo varapalo del Tribunal Supremo al urbanismo municipal y regional. La sentencia del TS que desestima un recurso de casación del Ayuntamiento de Murcia, presentado contra la sentencia del TSJ de la Región de noviembre de 2015 que anulaba un plan parcial en Puente Tocinos por carecer del preceptivo informe de recursos hídricos, no es un fallo judicial más. Este es el segundo plan parcial municipal cuya anulación es ratificada por el Supremo, ya que anteriormente ocurrió con Joven Futura. También en 2013, no tener garantizado el suministro hídrico llevó al Supremo a confirmar la nulidad del Plan de Ordenación Urbana de Aledo, mientras que el TSJ anuló la aprobación definitiva del Plan General Municipal de Puerto Lumbreras. Todas estas sentencias crean jurisprudencia y hacen prever que cualquier otro recurso que se pueda presentar con ese motivo -la ausencia de los preceptivos informes de la CHS- acabará tumbando el plan parcial.

El TSJ de Murcia anuló en 2015 un desarrollo en Puente Tocinos, que preveía 5.000 viviendas, por carecer del obligado informe de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) sobre la disponibilidad de agua. El Ayuntamiento interpuso recurso de casación, y presentó diversa documentación, ahora desestimada por el Supremo por irrelevante. Entre ella, «un informe emitido el 7 de agosto de 2012 y, por tanto posterior incluso a la aprobación definitiva del plan parcial recurrido, que fue aprobado el 25 de octubre de 2007». El TS también rechaza otro documento de la CHS presentado por el Consistorio, «ya que no se pronuncia sobre la disponibilidad o no de recursos hídricos, sino que se centró en la afectación al cauce del río».

En lo que se refiere al planteamiento municipal de si la CHS debía o no pronunciarse de forma expresa sobre esos recursos hídricos, advierte la Sala de que «esa cuestión ha sido también resuelta en diversas sentencias». En otro párrafo, indica que el Consistorio estaba obligado a explicar a la Confederación «que se solicitaba informe acerca de la suficiencia de recursos hídricos para atender las necesidades derivadas del desarrollo urbanístico, en lugar de limitarse a señalar que la CHS informase sobre afecciones a cauces públicos».

En definitiva, la sentencia establece que «el informe de la Confederación sobre la disponibilidad de recursos hídricos no se emitió, y siendo este preceptivo, no es conforme a derecho por haberse omitido un trámite esencial del procedimiento».

«Herido de muerte»

Ahora Murcia aseguró ayer que la resolución deja herido de muerte todo el urbanismo del PP en el municipio en los últimos 20 años, «un modelo que aún hoy el gobierno de Ballesta defiende a capa y espada, pese a lo dañino y desastroso que ha demostrado ser y pese a los continuos reveses que le ha dado la Justicia».

La formación municipal afirma que «la sentencia deja vía libre para que Ahora Murcia ponga en marcha todas las acciones previstas, incluidas las judiciales, para poner orden en el urbanismo desaforado que se ha venido dando en el municipio».

Ángeles Moreno Micol, actualmente concejal del Grupo Municipal Ahora Murcia, es además asesora en Información Urbanística, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por la Universidad de Murcia. Fue quien elaboró los informes técnicos de la demanda judicial contra el plan parcial, el ZM-PT1, «uno de los dos con los que el PP pretendía construir en Puente Tocinos una urbanización y prolongar el Parque de Levante».

La edil explica que este plan, «uno de los buques insignia del urbanismo del PP», consta de 600.000 metros cuadrados, «el doble de los que tiene Joven Futura»

La concejal apunta que «el plan parcial ZM-PT1 ha sido anulado debido a que no solicitaron el preceptivo informe de recursos hídricos a la CHS, pero había muchas más alegaciones contra el plan, que el TSJ dejó de estudiar en cuanto comprobó la ausencia del informe del órgano de cuenca. Lo que ahora ha hecho el TS es ratificar que no se pueden aprobar planes urbanísticos sin los informes sectoriales preceptivos, y especialmente sin los de la CHS ».

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