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Vista aérea de la urbanización Joven Futura.
El Supremo anula la reclasificación de suelo que permitió construir Joven Futura

El Supremo anula la reclasificación de suelo que permitió construir Joven Futura

El tribunal estima un recurso contra la modificación del Plan General de Ordenación de Urbana de Murcia en 2005 que retiró la protección a los terrenos de huerta donde se edificó la urbanización

LA VERDAD

Lunes, 28 de septiembre 2015, 10:40

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El Tribunal Supremo ha declarado nula la reclasificación de suelo de 2005 que permitió la construcción en Murcia de la urbanización Joven Futura, al faltar el informe que tiene que emitir la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) con carácter previo a la aprobación de los correspondientes instrumentos de planeamiento.

La Sala concluye que la falta del informe del Organismo de cuenca determina la nulidad del instrumento de planeamiento en su conjunto "debido al carácter preceptivo y vinculante del mismo". En este caso concreto, "no consta que dicho informe haya sido solicitado".

En concreto, el recurso contencioso-administrativo fue presentado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia del 15 de noviembre de 2013 por la que se desestimaba el recurso dirigido contra la Orden resolutoria del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad Autónoma de 24 de junio de 2005, relativa a la aprobación definitiva de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Esta modificación permitía la reclasificación de suelo de huerta no urbanizable en urbanizable residencial de protección pública y alta densidad.

La Sala, en cambio, recuerda que la Ley de Aguas, en su redacción original, establecía que las Confederaciones Hidrográficas debían emitir un informe previo, en el plazo y supuestos que reglamentariamente se determinen, sobre los actos y planes que las Comunidades Autónomas hayan de aprobar en el ejercicio de sus competencias, entre otras, en materia de medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, espacios naturales, pesca, montes, regadíos y obras públicas de interés regional".

En concreto, este informe se debe emitir "siempre que tales actos y planes afecten al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre y policía, teniendo en cuenta a estos efectos lo previsto en la planificación hidráulica y en las planificaciones sectoriales aprobadas por el Gobierno".

En definitiva, el Tribunal recuerda que, de forma reiterada, ha establecido, la improcedencia de aprobar un instrumento de planeamiento sin el informe correspondiente del Organismo de cuenca.

Satisfacción de los vecinos de la Senda de Granada

Por su parte, el portavoz de los vecinos de la Senda de Granada, Ángel Tortosa, mostró, este lunes en rueda de prensa, su satisfacción al conocer el fallo del Tribunal Supremo, que declara ilegal la recalificación del suelo que propició la construcción de la urbanización Joven Futura. Ángel Tortosa se refirió a la posible implicación del entonces presidente Valcárcel, el exalcalde Cámara, el alcalde Ballesta, que en ese momento era consejero de Vivienda, y el concejal Roque Ortiz, que dirigía Urbamusa.

El abogado de los vecinos, Eduardo Salazar, consideró que el Ayuntamiento tendrá ahora que legalizar "de alguna manera" las viviendas. "Supongo que seguirán así", manifestó el abogado. Salazar estimó que "los vecinos de la Senda de Granada estudiarán ahora las posibilidades para presentar una denuncia o una querella ante la Fiscalía para exigir las responsabilidades penales, si las hubiere".

Asimismo, Tortosa animó a los vecinos de Joven Futura a que "reclamen al Ayuntamiento una indemnización". Además, insistió en que "el yacimiento romano queda así destruido, y la huerta se ha perdido y ya no se podrá recuperar".

Huermur: «La sentencia acaba con el modelo urbanístico del PP»

La Asociación para la Conservación de la Huerta de Murcia (Huermur) celebró que la sentencia del Tribunal Supremo que anula la reclasificación de Joven Futura "acaba con el modelo urbanístico de 20 años del PP en Murcia, que ha arrasado la Huerta de Murcia", y felicitó a los vecinos de Senda de Granada "por su éxito urbanístico tras 12 años de lucha en defensa del paisaje y la forma de vida de la Huerta de Murcia".

Huermur resaltó la "importancia" de este fallo del Tribunal Supremo, "inapelable y sin capacidad de recurso por ninguna de las partes", donde se reconoce "la reivindicación histórica de unos vecinos que, sin ninguna ayuda pública ni apoyo, han mantenido la defensa del paisaje, de la forma de vida tradicional, y de la protección de un suelo de huerta de alto valor ambiental".

Para Huermur, la sentencia "viene a enmendar la plana a la política arrasadora de la Huerta que el Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma han venido desarrollando en los últimos 20 años, administraciones que han dejado desprotegido el suelo más importante que tenemos en Murcia, la huerta tradicional, permitiendo arrasarla mediante un urbanismo impersonal y aberrante, desde el punto de vista paisajístico, patrimonial y social".

A su juicio, hay que recordar que en la tramitación de esta modificación del Plan General de Ordenación Urbana, ahora declarada nula por el Tribunal Supremo, "intervinieron algunos políticos que ahora cuentan con la más alta responsabilidad en el Ayuntamiento de Murcia, y también con otros que se encuentran implicados en diversos casos de presunta corrupción urbanística".

Para Huermur, estos mismos políticos a los que se les "llena la boca" hablando de la huerta, de su protección y de conservación, "no cuentan con ninguna credibilidad para ello, ya que son los que, por acción u omisión, permitieron que una actuación urbanística ahora declarada ilegal, plantara una masa de torres de horrendos edificios donde solo debían conservarse el paisaje tradicional de la Huerta de Murcia, con viviendas familiares y plantaciones de frutas y hortalizas".

Igualmente, Huermur ha destacado su "solidaridad" con las más de 1.000 familias de jóvenes murcianos que, "desde la buena fe y con el ánimo de construir sus hogares, compraron sus viviendas en esta zona, pero que han visto como una gestión pública nefasta sumada al afán especulativo de unos cuántos, ha acabado por dejar fuera de ordenación urbanística sus casas".

"Estas casas nunca se tenían que haber levantado en esta zona, según falla el Tribunal Supremo, pero sin tener que infringir el ordenamiento urbanístico se podrían haber llevado a cabo en otras zonas del municipio", remarca.

Huermur destaca que esta modificación del PGOU, que "conlleva la anulación automática de todas las actuaciones posteriores en la zona, incluso las licencias de edificación", deja a estas familias "en una situación de desamparo y falta de seguridad jurídica, creando una situación lamentable y que no se habría producido con unas administraciones responsables y actuando dentro de la ley".

"Esperamos que el Ayuntamiento de Murcia y la Comunidad Autónoma cumplan y acaten esta sentencia, no restándole importancia ni intentando seguir con el mismo modelo urbanístico, que se ha demostrado no ya solo fallido, sino también fuera de la ley", espera huermur.

"Cualquier intento de continuar ampliando esta urbanización o promoviendo nuevos proyectos de esta forma, acabará de la misma manera que esta modificación n.º 50, por lo que desde Huermur instamos a todos los implicados a que vuelvan a la senda de la ley y del cumplimiento de la normativa vigente", concluye.

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