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Solar del barrio de La Paz donde se ubicaba la escuela infantil municipal hasta 2007, fecha del derribo y traslado a Juana Jugán.
La juez no citará a Cámara y archiva otra vez el derribo de la guardería

La juez no citará a Cámara y archiva otra vez el derribo de la guardería

La instructora finiquita la investigación sin apreciar delito de prevaricación o malversación en ninguno de los imputados; Nuevo Barrio presentará recurso

Manuel Madrid

Miércoles, 25 de febrero 2015, 01:37

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La magistrada que investigaba posibles irregularidades en el derribo de la guardería de La Paz decidió ayer el archivo de la causa porque los hechos no revisten «caracteres de infracción penal alguna». La titular del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Murcia, Ana Isabel Navarro, ya había tomado la misma decisión en dos ocasiones anteriores, prosperando los recursos presentados por la asociación Nuevo Barrio de residentes y propietarios de La Paz.

  • 24/07/2007. El jefe de Patrimonio hace un informe propuesta al concejal de Presidencia para llevar a cabo el traslado de la escuela.

  • 25/07/2007. La Junta de Gobierno, por unanimidad, autoriza a José López Rejas a realizar el traslado provisional de la escuela, en base al proyecto para la rehabilitación del barrio, del que es gestor.

  • 28/09/2007. L

  • a edil de Educación decreta el traslado provisional; el centro de Juana Jugán cumple con todos los requisitos legales.

  • 26/10/2007. Se procede a la demolición por parte de López Rejas; el jefe de servicio pidió tomar medidas ante el abandono del centro.

El nuevo auto, que se comunicó ayer a las partes, se produce apenas unos días después de que el Ministerio Fiscal solicitase la práctica de nuevas diligencias y las declaraciones en calidad de imputados del alcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, y del promotor José López Rejas, como pidió la acusación particular. Sin embargo, la juez Navarro no ha atendido esas peticiones porque, según hace constar en su escrito, «carece de sentido» ya que «no se considera necesaria la práctica de más documental, pues con lo hasta ahora practicado no se aprecian elementos integrantes de los tipos penales denunciados». En cuanto a López Rejas, la juez recuerda que ya declaró como testigo «sin que se aprecien motivos para su imputación».

La magistrada dio por concluida la instrucción de la causa el 12 de febrero, tras la declaración como imputado del exconcejal de Urbanismo, Fernando Berberena. Previamente llamó a declarar, también como imputados, a Francisco Porto, exconcejal de Educación y presidente del Patronato de Escuelas Infantiles; a Pilar Megía, exconcejal de Educación, y al funcionario José Antonio Peñaranda, jefe del servicio de Escuelas Infantiles. Estas cuatro citaciones se produjeron a raíz de la reapertura del caso por un auto de la Audiencia Provincial de 8 de abril de 2014, que estimó el recurso de apelación interpuesto por Nuevo Barrio contra el sobreseimiento de la causa decretado por la juez Navarro el 25 de marzo de 2013, que no encontró «infracción penal alguna» en la decisión del derribo tras tomar declaración a varios testigos. Entre ellos a López Rejas, a Eduardo Martínez-Oliva, jefe de Alcaldía, y el exjefe de la Oficina Técnica de Arquitectura, Antonio González Serna.

A pesar de ello, la Audiencia entendió que debían practicarse nuevas diligencias instructoras porque había cuestiones de fondo que debían dirimirse, como la relativa a los acuerdos que propiciaron el cambio de ubicación de la escuela infantil o la disolución del patronato. Por tanto, en aras a «garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de ambas partes», la Audiencia pidió que se tomara declaración a Porto, Megía, Berberena y Peñaranda. La magistrada dice en su nuevo auto que ahora sí que da por agotada la fase instructora tras haber citado a los tres ediles y al funcionario, cumpliendo así la garantía de tutela judicial. Según la juez, «las declaraciones hasta ahora practicadas no han modificado el criterio de esta instructora expuesto en el primer auto de sobreseimiento de 25 de marzo de 2013, ya que viene a corroborar lo que dijeron los testigos». El auto insiste en que no se considera «resolución injusta» la orden de redacción de un proyecto de demolición de la escuela, la atribución de su elaboración y su efectiva redacción, según lo dispuesto en el Código Penal.

La asociación Nuevo Barrio presentará recurso de reforma porque considera injusta esta resolución.

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