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Daniel García Madrid, saliendo del Consistorio en 2014. N. García /AGM
Cinco años de inhabilitación al exalcalde Madrid por la permuta ilegal de una finca

Cinco años de inhabilitación al exalcalde Madrid por la permuta ilegal de una finca

La sentencia sostiene que existían intereses personales entre el regidor y el promotor Facundo Armero

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Martes, 20 de febrero 2018, 02:24

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Los intereses personales que existían en 2006 entre quien era alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, y el promotor Facundo Armero -para quien trabajó como abogado-, le acaban de costar al primero una condena de cinco años de inhabilitación especial para cargo o empleo público por haber prevaricado al impulsar una permuta de terrenos entre el Ayuntamiento y el empresario. El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena, Álvaro Bellas Dublang, lo ha declarado autor de un delito de prevaricación administrativa, al considerar que actuó de manera «arbitraria» en esa operación administrativa, aunque lo ha absuelto de otro delito de fraude, ya que no se ha podido acreditar que la decisión hubiera supuesto un perjuicio patrimonial para el Consistorio pachequero. De igual modo lo ha exculpado de otros dos cargos de prevaricación, uno por la construcción ilegal de una balsa que no habría perseguido administrativamente, y el otro, por una aparente cesión ilegal de zonas verdes, que se ha considerado que no tenía entidad suficiente para ser perseguida penalmente.

Sí ha quedado totalmente acreditado que Daniel García Madrid procedió en septiembre de 2006 a dictar una «providencia» y a incoar un expediente de permuta, «carente de motivación alguna», con una sociedad de Polaris World denominada 'Mar Menor Golf Resort SL'. La resolución del alcalde se adoptó «sin expediente administrativo previo, informe o dictamen de ningún tipo» y sin unas «mínimas consideraciones de tipo técnico, económico o jurídico que amparasen o acreditasen su necesidad concreta por razones de interés público». Tampoco se ofrecía razón alguna por la cual se acudía a la figura excepcional de la permuta para enajenar unos terrenos públicos, cuando podía haberse hecho por subasta.

Lo cierto es que en 2007 se firmó la escritura entre un solar municipal de 34.800 m2, calificado como suelo urbano, y una parcela de 53.000 m2 de terreno rústico, perteneciente a Polaris World. El terreno público, que acabó sirviendo a la promotora para abrir un campo de golf, fue valorado por un arquitecto técnico municipal en casi 2,9 millones, mientras que el privado lo tasó en 2,4.

El regidor recibía múltiples llamadas del constructor, casi a diario, para pedirle favores o darle indicaciones

Aunque el fiscal sostenía que el trueque de parcelas había resultado perjudicial para los intereses municipales, el juez considera que tal circunstancia no se ha acreditado, debido a las importante diferencias existentes en la tasación por parte de los distintos peritos de la causa. Tampoco se ha podido demostrar que el alcalde y el técnico mantuvieran «un consorcio criminal» para sacar adelante esa permuta entre contra del bien común. De ahí que al final ambos hayan sido absueltos por el fraude que se les imputaba.

De lo que no le ha quedado duda alguna al juez es de que Daniel García Madrid prevaricó al aprobar ese intercambio de terreno sin que mediara expediente previo y «con una falta absoluta de motivación sobre la necesidad de la permuta». De hecho, ni siquiera el exalcalde y varios testigos fueron capaces de coincidir en el destino que se iba a dar a los terrenos adquiridos a Polaris World, ya que García Madrid habló de unas instalaciones policiales, Facundo Armero se refirió al interés de una empresa de cerámica por instalarse en ese solar y otros testigos señalaron la necesidad de ampliar el cementerio de El Jimenado.

El magistrado dedica un capítulo concreto a referirse a los «intereses particulares» entre García Madrid y Armero, de los que queda constancia por la multitud de llamadas que ambos se cruzaban prácticamente a diario , incluso en horario nocturno, y en las que el promotor daba todo tipo de indicaciones al alcalde. Entre ellas, pedirle que colocara a una mujer de su confianza o instarle a aprobar sus planes urbanísticos antes de que el arquitecto municipal se recuperase de una baja médica.

Si la condena se ha quedado en solo cinco años de inhabilitación es debido a que el juez ha declarado la existencia de dilaciones indebidas, al haberse iniciado las diligencias en el año 2005, lo que le ha supuesto una sustancial rebaja de pena. La sentencia puede ser recurrida.

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