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Joaquín Segado.
Garre convoca el Comité de Garantías del PP para analizar el 'caso Segado'

Garre convoca el Comité de Garantías del PP para analizar el 'caso Segado'

Este órgano regional estudiará mañana si abre expediente informativo al líder del partido en Cartagena, procesado por presunta prevaricación

José Alberto González

Lunes, 19 de septiembre 2016, 01:15

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En apenas una semana, Joaquín Segado ha visto cómo se complica su recién estrenada posición de presidente del Partido Popular en Cartagena, a raíz de su procesamiento por presunta prevaricación administrativa al anular una licencia para construir apartamentos en La Azohía cuando era concejal de Urbanismo. A pesar de las exigencias de PSOE, Podemos y Movimiento Ciudadano -Ciudadanos guarda silencio-, el exedil ha rechazado dimitir de su cargo orgánico y de su empleo como asesor de la Consejería de Cultura, un puesto eventual por libre designación, al no ver razones éticas ni legales para irse.

Sin embargo, el partido revisará a nivel regional el impacto de su situación judicial en su condición de militante y de cargo orgánico y, probablemente, le abrirá un expediente informativo que se convertiría en disciplinario si la Audiencia Provincial confirma la decisión de una juez de sentarlo en el banquillo.

El pasado viernes, el presidente del Comité de Derechos y Garantías del PP en la Región de Murcia, el expresidente de la Comunidad Autónoma Alberto Garre, convocó para mañana martes una reunión del órgano encargado de hacer cumplir los estatutos. Según confirmó ayer a 'La Verdad' Garre, la reunión será a las 7 de la tarde en la sede de los populares en Murcia, en la calle González Adalid. Al encuentro han sido citados los otros once miembros del Comité, todos ellos licenciados en Derecho y entre los que hay concejales y diputados regionales.

La previsión es que se adopte el acuerdo de recabar toda la información posible relativa al 'caso Segado', lo que incluye las publicaciones en prensa y los datos que el partido recabe por sus propios medios. Además, se citará al afectado para que dé explicaciones y pueda alegar en su favor lo que crea oportuno.

El precepto que, según explicó Garre, hace obligatorio el convocar al Comité y analizar la situación de Segado es el artículo 18 de los estatutos del PP. Dentro del bloque relativo a los expedientes sancionadores, ese apartado regula lo referente al «procedimiento disciplinario, tramitación y medidas cautelares».

Aunque el presidente del PP cartagenero ha sostenido que las conductas que le atribuyen la Fiscalía y una juez no pueden ser consideradas corrupción, entre otras cosas porque no está en cuestión un posible ánimo de enriquecimiento, el citado artículo de los estatutos hace referencia a ese concepto.

El código, de 2012, indica: «En los casos en los que un afiliado incurra en cualquier forma de corrupción en el ejercicio de un cargo público, o realice conductas que estén tipificadas como delito doloso que por su naturaleza o por las circunstancias en las que se hayan cometido se considere incompatible con las obligaciones y deberes éticos a los que los presentes Estatutos sujetan a los afiliados al Partido Popular, el expediente disciplinario se ajustará a las reglas anteriores», con arreglo a determinadas «particularidades».

Entre estas últimas está el hecho de que «desde el momento en que se tenga conocimiento de la existencia de una imputación judicial a un afiliado, por un caso de los referidos en este punto, se procederá a la apertura de un expediente informativo, el cual se transformará en un expediente disciplinario en el momento en el que se produzca el señalamiento del juicio oral del procedimiento judicial correspondiente». Asimismo, «la resolución de dicho expediente disciplinario tendrá lugar cuando se dicte sentencia o, en su caso, auto de sobreseimiento que ponga fin al procedimiento judicial», aunque no se trate de un fallo firme.

Segado tiene la condición de investigado (antes imputado) desde octubre de 2014 y el partido no le ha abierto expediente. Es ahora cuando podría verse en esa tesitura, y en la de afrontar un expediente disciplinario con posibles medidas cautelares. El Comité de Derechos y Garantías puede determinar la suspensión de funciones o de militancia, «en función de las circunstancias específicas de cada caso concreto». Y Garre indicó que, según lo que conoce del asunto de La Azohía, es partidario de no adoptar medidas provisionales.

«Escasa envergadura»

A juicio de Garre, este es «un asunto de escasa envergadura». Eso sí, añadió, una cosa es mantener ese equilibrio en el expediente y otra que Segado defienda públicamente que no se trata de un caso de corrupción, que el Código Ético del PP no le obliga a dimitir y que solo dejará el cargo si es condenado.

Garre señaló que «nadie está legitimado para determinar qué es y qué no es corrupción, mientras el Código Penal tipifique como delito la prevaricación»; que hay que regirse por los Estatutos, aunque el pacto nacional con Ciudadanos marque 'líneas rojas'; y que las medidas cautelares son de obligado cumplimiento.

Garre insistió en que este es un caso poco usual, pero distinguió entre lo que debe hacer el partido y lo que decide hacer el afectado. Y recordó el precedente del secretario general del PP regional, Miguel Ángel Cámara (exalcalde de Murcia), que al estar imputado en el 'caso Umbra' dimitió aplicándose la llamada «doctrina de la generosidad: atender a la imagen de confianza que el partido debe generar ante los ciudadanos».

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