Borrar

La Cámara y FEDETAXI defenderán el derecho de los taxistas murcianos a trabajar en El Altet

Ambas entidades creen que es «una medida restrictiva de la libre competencia» y que tomarán las «medidas legales oportunas»

LA VERDAD

Jueves, 8 de mayo 2014, 12:44

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Cámara de Comercio de Murcia y FEDETAXI han expresado su absoluto rechazo al anuncio de la alcaldesa de Elche, Mercedes Alonso, sobre la limitación de servicios de taxistas foráneos en El Altet, a partir del 1 de mayo.

Para la Cámara y FEDETAXI, dicha limitación no se basa en normativa alguna por lo cual su aplicación supondría, claramente, una medida restrictiva de la libre competencia, frente a la que no dudaremos en ejercer las acciones legales oportunas en defensa del derecho que asiste a los taxistas murcianos para prestar sus servicios en El Altet.

Ambas entidades explican que en la Instrucción de 30 de enero de 2013 de la Dirección General de Transportes y Logística de la Generalitat Valenciana relativa a la recogida de viajero en puertos y aeropuertos por parte de taxis, no figura limitación alguna al número de servicios que los taxistas foráneos pueden realizar.

Ambas entidades muestran, además, su extrañeza por el planteamiento de este asunto, considerando que el propio Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ya falló a favor de la Corporación empresarial murciana en 2003, en el recurso contencioso-administrativo que ésta había interpuesto contra una Instrucción de la DG de Transportes de la Generalitat Valenciana, que regulaba la vigilancia y control de los servicios de autotaxi previamente contratados en aeropuertos. Dicha Instrucción exigía a los taxistas murcianos la presentación de un documento, mecanografiado o impreso, que acreditase la previa contratación del servicio por parte del viajero.

La sentencia estableció que la necesidad de ese documento excedía lo establecido por el Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre, que sólo exige una contratación expresa y previa por parte del usuario del servicio. En la actualidad, la existencia del acuerdo previo entre taxista y viajero para la realización del servicio puede probarse tanto mediante contrato por escrito, como a través de una comunicación previa a la Consellería de Infraestructuras, Transportes y Medio Ambiente.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios