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Murcia
Lunes, 1 de enero 2018, 18:52
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La Sección número 2 de la Audiencia Provincial de Murcia condenó a un individuo a 15 meses de cárcel por acceder de noche a un bar de la calle Mayor de Alcantarilla forzando la ventana y robar del interior del establecimiento 400 euros en metálico, dos teléfonos móviles Samsung y 14 botellas de bebidas alcohólicas.
Además, el individuo forzó la máquina expendedora de tabaco, las tragaperras y la del cambio apoderándose de unas 700 cajetillas de tabaco y una cantidad aproximadamente de 500 euros en metálico, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Según los hechos considerados probados por la sentencia, los hechos tuvieron lugar en la noche del 3 al 4 de octubre de 2014, cuando el acusado, mayor de edad con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, forzó la ventana y penetró en el bar apoderándose de los productos relatados.
El Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia condenó al individuo como autor criminalmente responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 15 meses de prisión.
Sin embargo, la defensa del condenado interpuso un recurso de apelación alegando que sólo había sido hallada una huella del apelante correspondiente a la mano derecha en la torva de la máquina recreativa, siendo "inverosímil" la inexistencia de otras huellas en el lugar de los hechos, como el marco de la ventana fracturada por la que se accedió supuestamente al local.
La defensa alegó que esta huella pudo ser encontrada en ese lugar "dada la relación familiar del apelante con la propiedad del bar, y la realización de tareas de recaudación de las máquinas expendedoras y recreativas y de limpieza como ayuda".
Sin embargo, la Sala de la Audiencia Provincial señala que el acusado se limitó a manifestar que "pudo tocar la caja pero de la máquina del tabaco, siendo distinta de ésta la máquina violentada sobre la que se asentó la huella revelada".
A esto se une que un agente policial aclaró que la torva "solo estaba al alcance del personal de mantenimiento de la máquina y de mecánicos de ésta, difiriendo ciertamente la descripción de la torva efectuada por el acusado y el referido agente policial en cuanto a su forma y tamaño".
Por todo ello, la Sala considera que el acusado no dio "explicación concreta y coherente de por qué se encuentra su huella en el mencionado y relevante lugar", por lo que desestimó el recurso y confirmó la pena impuesta en primera instancia.
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