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Los desahucios se suspenden hasta que se pronuncie la UE

La Audiencia ordena paralizar los desalojos a la espera de que Bruselas aclare las dudas que plantea el Supremo

LA VERDAD

Martes, 7 de marzo 2017, 02:01

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La Audiencia Provincial de Murcia ha acordado la suspensión de todos los recursos sobre procedimientos de ejecución hipotecaria (desahucios) en los que esté en discusión la posible nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado. El tribunal esperará hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) responda las cuestiones planteada por el Tribunal Supremo en relación a la sentencia que determinó que España no cumplía la normativa europea en esta materia.

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), que hoy entregará un escrito en los juzgados de Primera Instancia de la Región para que se haga extensiva esta medida, aseguró ayer que esta podría afectar a centenares de órdenes de desalojo. «Esta acción tiene gran trascendencia, ya que provocará la paralización de todos los desahucios por ejecución hipotecaria hasta que el TJUE se pronuncie, suponiendo una importante tregua para las familias con dificultades económicas», remarcó.

Solo para consumidores

Según ha podido saber 'La Verdad', la Audiencia ha adoptado esta medida con motivo de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 26 de enero. Esta resolución consideró abusiva la cláusula de vencimiento anticipado de las hipotecas. Según explica el tribunal murciano en un acuerdo suscrito por su presidente, Miguel Ángel Larrosa, se suspenderán todos los recursos sobre procedimientos de ejecución hipotecaria «que afecten a consumidores y en los que se discuta la posible nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado».

La suspensión se mantendrá hasta que el TJUE dicte la «oportuna resolución en relación a la cuestión perjudicial planteada por el Tribunal Supremo». El pronunciamiento del tribunal europeo, remarca la Audiencia Provincial de Murcia, puede tener «una indiscutible incidencia en relación con los procedimientos que se vean afectados por la cláusula de vencimiento anticipado».

Sin embargo, esta suspensión no afectará a las ejecuciones hipotecarias u ordinarias en las que los demandados no tengan la condición de consumidores. En el caso de que «afectasen a fiadores de una mercantil, solo procederá la suspensión en el caso de que uno o alguno de dichos fiadores pueda ser considerado como consumidor», advierte la Audiencia. En aquellos procedimientos en que se pida la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado «por vulneración de las exigencias de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación», la suspensión se acordará en función de la incidencia que la resolución del TJUE.

La PAH anunció que prepara una acción conjunta para hoy en todos los juzgados del país, también en la Región, para recordar que el TJUE ha sentenciado «la ilegalidad y la falta de adecuación a la normativa europea de los procedimientos de ejecución hipotecaria en España».

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