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Sánchez pide la devolución del 'caso Auditorio' al Juzgado de Lorca

El presidente de la Comunidad indica que «la investigación está incompleta», al no haberse practicado determinadas diligencias de prueba que considera «imprescindibles» para no producirle indefensión

efe

Jueves, 19 de enero 2017, 16:52

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La defensa de Pedro Antonio Sánchez, presidente de la Comunidad Autónoma de Murcia, pidió a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que devuelva las diligencias del caso Auditorio, de presunta corrupción, al Juzgado de Lorca para que este complete la investigación.

A través de un escrito en el que se pide que se le tenga por personado en estas actuaciones, Sánchez indicó que la investigación está incompleta, al no haberse practicado determinadas diligencias de prueba que considera imprescindibles para no producirle indefensión.

Además, señaló que el Juzgado de Instrucción de Lorca que investigó los hechos no cumplió el contenido del auto en el que la misma Sala acordó enviarle la querella presentada por la fiscalía del TSJ en 2015.

Así, afirmó que la magistrada de Instrucción, en su exposición motivada elevada a la Sala por la condición de aforado del jefe del gobierno autónomo, no recoge de forma individualizada qué hechos o indicios presuntamente delictivos le atribuye.

Por otra parte, comentó que la decisión de la magistrada de abrir una pieza separada sobre el recorrido de los seis millones de euros concedidos por la Comunidad Autónoma para financiar las obras del auditorio, al tiempo que elevaba la exposición motivada, demuestra que la investigación está inconclusa.

La defensa de presidente de la Comunidad Autónoma, que era alcalde de Puerto Lumbreras cuando se construyó el edificio, aprovecha su solicitud de personación para reiterar su petición de que se requiera al Ayuntamiento para que envíe el expediente de liquidación de las obras.

Y recordó que la práctica de esa diligencia le fue denegada por la instructora, decisión que está apelada ante la Audiencia Provincial de Murcia.

Considera que ese expediente es "fundamental" para el esclarecimiento de los hechos, ya que el mismo debe incluir los datos relativos a las mediciones, certificaciones, informes y cualquier otro documento que exista en el ayuntamiento.

De lo contrario -añadió-, resultaría imposible determinar si, como cree la magistrada, se ha podido incurrir en los delitos de malversación de caudales públicos y fraude.

Y ello -señaló en otro momento- porque sin la documentación requerida y denegada por la instructora no sería posible conocer qué obras se ejecutaron realmente, el importe de las mismas, la existencia del aval del constructor y consecuencias del mismo.

De manera subsidiaria se pide que se acuerde la devolución al Juzgado de la exposición razonada para que en la misma se contenga, de modo previo a cualquier otra consideración, una relación concreta y específica de los hechos que se atribuyen indiciariamente a Sánchez.

Sobre este extremo, aludió a un reciente auto de la Audiencia Provincial de Murcia, en el que, al resolver el recurso de apelación presentado por una investigada en estos mismos hechos, que fue concejal del Ayuntamiento cuando se aprobaron las obras, recuerda a la magistrada su obligación de informarles sobre los hechos que imputa a cada uno de ellos antes de tomarles declaración.

Para Sánchez, la exposición razonada contraviene no solo lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino, también, lo dispuesto por el TSJ cuando, en marzo de 2015, remitió al Juzgado la querella presentada por la fiscalía.

Así -comentó- dicha exposición carece de determinación en cuanto a los hechos concretos y específicos que se atribuyen al exalcalde.

El escrito concluye con la solicitud de que se estimen las peticiones contenidas en el mismo, con independencia de las alegaciones que en su día puede hacer sobre el fondo del asunto.

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