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EFE
Viernes, 6 de enero 2017, 00:33
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El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de dos años y ocho meses de prisión a dos años la pena que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Murcia al director de una sucursal de una caja de ahorros ubicada en Cartagena. Este fue condenado por participar en una operación de blanqueo de dinero procedente de la droga.
La resolución reduce, además, de 700.000 euros a 600.000 la multa que deberá abonar. Por otra parte, anula la pena de cuatro meses de prisión y multa de 900 euros que igualmente le fueron impuestos por un delito de falsedad en documento mercantil.
Un billete de lotería
Según refleja la sentencia, el Alto Tribunal coincide con la Audiencia Provincial, en que intervino en el blanqueo de dinero procedente de un narcotraficante propietario de un garito de Cartagena, al tramitar un billete de lotería premiado que este había adquirido a su auténtico titular.
Considera, no obstante, en contra de lo sostenido por el tribunal de la ciudad portuaria, que el delito de blanqueo no fue cometido con el carácter de continuado, sino que fueron hechos plurales incluidos en una sola figura delictiva. El TS, por otro lado, ha desestimado los recursos que presentaron otros dos de la veintena de condenados por la Audiencia Provincial.
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