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Los acusados por el secuestro del promotor inmobiliario al inicio de la vista oral en la Audiencia.
Absuelto el exdirector territorial de Cajamar, Antonio Pita, del secuestro de un promotor

Absuelto el exdirector territorial de Cajamar, Antonio Pita, del secuestro de un promotor

El exdirector de la oficina de la entidad en Alfonso X El Sabio, José Antonio Valverde, también ha sido exculpado como inductor de los delitos de extorsión y lesiones al dueño de la empresa Promufermu | Los otros cinco acusados sí han sido condenados

efe

Viernes, 4 de noviembre 2016, 14:51

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Audiencia Murcia absuelve directores banca acusados de promover un secuestro

La Audiencia Provincial de Murcia absolvió al exdirector territorial de Cajamar, Antonio P., y al director de una sucursal de esta misma entidad, José Antonio V., que fueron juzgados tras ser acusados de inducir a cinco constructores al secuestro de un promotor inmobiliario para que les autorizara el pago de unas certificaciones de obra.

La sentencia condena a estos últimos a penas de un año y cuatro meses de prisión para tres de ellos, y a un año y ocho meses a los otros dos.

Estos cinco acusados, que resultan condenados por la Sala, son Antonio M., su hermano Jesús M., Antonio G., Enrique G., y Pedro José L., que durante el juicio desarrollado los días 10 y 11 del pasado octubre reconocieron que en mayo de 2009 esperaron la llegada del promotor inmobiliario Fernando M., administrador único de la empresa Promofermu, a la cochera donde solía estacionar su vehículo en un garaje de Murcia y lo metieron en el turismo de uno de ellos a la fuerza, trasladándolo a una nave ubicada en Ceutí.

Los acusados admitieron también que durante las horas que duró esta detención ilegal trataron de que Fernando M. les firmara unos documentos redactados por dos de ellos, con lo que conseguirían así que la entidad de ahorro les abonara las deudas que aquel mantenía con estos constructores por las obras realizadas en sendas urbanizaciones de Murcia y Abarán.

Los acusados reconocieron también que para tratar de doblegar la voluntad del promotor inmobiliario tuvieron que darle "algunas collejas" y que incluso le acercaron al cuerpo un soplete.

Durante el interrogatorio manifestaron que habían realizado estos hechos porque los directivos de la caja de ahorros se lo habían aconsejado para tratar de que el secuestrado autorizara los pagos, extremo que el tribunal no da por probado.

En el desarrollo del juicio, el exdirector territorial de la caja rural y su subordinado negaron las acusaciones y añadieron que aunque uno de los acusados les entregó un documento supuestamente firmado por Fernando M. no accedieron a su pago al dudar de la firma y porque el propio Antonio P. llegó a conectar por teléfono con el promotor y este le dijo que no abonaran dinero alguno ya que había sido detenido de forma ilegal.

La sentencia aplica a los cinco acusados que fueron condenados por estos hechos las atenuantes de dilaciones indebidas y la de reparación del daño, porque antes del comienzo del juicio procedieron a consignar unas cantidades por la indemnización a las que podían ser condenados.

De hecho, la sentencia los condena a indemnizar a la víctima con la suma de 10.000 euros por daños morales.

En el transcurso de la vista oral, la fiscal del caso solicitó para los dos directivos de banca absueltos condenas que sumaban un año y ocho meses de prisión, por inducir a un delito de extorsión en grado de tentativa y a un delito de lesiones.

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