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Condenan a una promotora a pagar 27.200 euros por defectos en una obra

La empresa debe asumir estos costes derivados de los desperfectos observados en la rampa de acceso al garaje del edificio

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Viernes, 26 de agosto 2016, 12:24

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La empresa A.P., S.L., promotora de la construcción de un inmueble, deberá abonar a la comunidad de propietarios del mismo la cantidad de 27.200 euros por los desperfectos detectados en el edificio, según se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.

La sentencia estima en parte el recurso que los tres liquidadores de esta empresa presentaron contra la resolución de un Juzgado de Molina de Segura que los responsabilizó del pago de dicha suma.

Ahora, la Audiencia lo que hace es revocar parcialmente aquella primera sentencia y condenar a la sociedad, "dejando sin efecto la condena de sus tres liquidadores".

Para el tribunal, los desperfectos observados en la rampa de acceso al garaje del edificio están acreditados, por lo que la promotora deberá asumir el pago de la suma citada.

Sobre los liquidadores de la sociedad, el tribunal de la sección primera de la Audiencia, señala que no es posible su condena, "dado que los mismos no fueron llamados al proceso personalmente".

"La determinación de su posible responsabilidad por su actuación en la sociedad liquidada -concluye la sentencia- deberá efectuarse ante los Juzgados de lo Mercantil, una vez condenada la promotora que ejecutó de forma incorrecta la rampa".

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