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Rechazan el recurso de Antonio Alvarado porque «pudo intervenir en el cambio urbanístico»

El Juzgado explica que «no se investiga quién ideó la modificación, sino quién utilizó la misma para tratar de revestir de cobertura legal el propósito de conferir a los espacios protegidos la consideración de sistemas generales de espacios libres»

efe

Viernes, 10 de junio 2016, 12:07

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El Juzgado de Instrucción de Murcia que investiga el 'caso Novo Carthago', de presunta construcción en una promoción urbanística sobre terrenos protegidos junto al Mar Menor, desestimó el recurso presentado por el exdirector general de Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma, Antonio Alvarado.

Para el Juzgado, lo que se investiga en este caso no es quién ideó la modificación urbanística para hacer viable el proyecto promovido por la empresa Hansa Urbana, "sino quién utilizó la misma para tratar de revestir de cobertura legal el propósito que se perseguía de conferir a los espacios protegidos la consideración de sistemas generales de espacios libres susceptibles de aprovechamiento urbanístico".

En su recurso, Alvarado solicitó que fuese revocada una providencia del anterior instructor por la que se le denegó la solicitud que había planteado de recabar diversa documentación a la Asamblea Regional.

En concreto, pidió el envío de todo lo referido a los debates tenidos en la Asamblea Regional previos a la aprobación en 2004 de la ley de modificación de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, con inclusión de los debates en Comisión y en el Pleno, así como los informes jurídicos y dictámenes que pudieran existir, así como el origen de la proposición de ley.

El recurrente sostuvo en su apelación que esa documentación era necesaria para determinar si se le podía atribuir a él o a otra persona la autoría sobre la modificación de la Ley del Suelo que permitió considerar los espacios naturales como sistemas generales.

El auto dice que el juez instructor "ha de rechazar la práctica de pruebas o diligencias de investigación que sean impertinentes, inútiles, dilatorias o intranscendentes a lo que es la fase de instrucción".

"En el presente caso -dice la resolución judicial-, la diligencia que se solicita no se considera necesaria, ni útil, pues no consta que se le haya imputado la autoría de la modificación de la Ley del Suelo de la Región de Murcia".

Y añade que en los informes del fiscal lo que se considera es que Alvarado "fue uno de los principales responsables de la forzada interpretación por la que se extiende la calificación de sistemas generales a los espacios naturales protegidos, más allá de lo autorizado por dicha reforma". El auto indica que con la interpretación que se hizo lo que se pretendía "era conseguir el objetivo finalmente pretendido: el de autorizar el campo de golf de Novo Carthago, que era inviable desde su inicio, al estar proyectado sobre un espacio de enorme riqueza medioambiental, reconocido y protegido incluso a nivel europeo".

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