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Una asociación de discapacitados deberá devolver una subvención por no destinarla a su fin

El TSJ desestima el recurso de Famdif y le obliga a devolver 151.000 euros por no emplearlos en la adaptación de una vivienda para estudiantes universitarios con necesidades especiales

EFE

Lunes, 7 de marzo 2016, 11:33

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La Federación de Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física (Famdif) deberá devolver una subvención de 151.000 euros que recibió de la Comunidad Autónoma para la construcción en Cartagena de una residencia destinada a universitarios con problemas de movilidad.

Así lo dispone una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia que rechaza el recurso que esta organización presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Contencioso que rechazó la demanda que había planteado contra el acuerdo que se le exigía la devolución de la citada ayuda.

En su acuerdo, el Instituto Murciano de Acción Social dispuso, en junio de 2013, que la subvención debía ser devuelta a las arcas regionales al no haberse cumplido el destino de la misma, que era la adaptación de una vivienda para que pudieran residir en la misma los estudiantes universitarios con problemas de discapacidad.

En su recurso, FAMDIF alegó que actuaba como entidad colaboradora de la Comunidad Autónoma a través de los convenios marco para la financiación de sus propios proyectos.

Y añadió que en este caso el proyecto había sido presentado por uno de sus asociados, la Asociación de Minusválidos Físicos Unidos de Cartagena y Comarca (AMFUCC), que era la beneficiaria de la subvención y a la que no se había dado traslado del expediente.

La administración regional, al oponerse a la estimación del recurso, señaló que todos los pagos de la ayuda objeto de este proceso se realizaron directamente a FAMDIF, además de añadir que esta organización, además de intervenir en sus propios proyectos, también participa en los de AMFUCC "realizando tareas de supervisión, control, coordinación y colaboración".

La sentencia del TSJ desestima el recurso y confirma la dictada por un Juzgado de lo Contencioso, que la condenó a la devolución del dinero recibido.

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