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EFE
Sábado, 4 de julio 2015, 00:52
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Una mujer tendrá que someterse a un tratamiento terapéutico para dejar de sobreproteger a su hijo, de ocho años. Así lo dispone una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, que considera que ese comportamiento es perjudicial para el menor.
La resolución indica que esa actitud es humanamente comprensible, porque el niño presenta una discapacidad del 46%, pero añade que las continuas visitas al médico y el sometimiento a distintas pruebas y evaluaciones conllevan un riesgo para él.
Afirma la sala, que tiene como ponente al magistrado Carlos Moreno Millán, que el juzgado de Molina de Segura que primeramente se ocupó del asunto ya trató de limitar y controlar esa sobreprotección al acordar que la madre, que tiene atribuida la guarda y custodia, «deberá ejercer la patria potestad de forma responsable». En aquella resolución se desestimó, al igual que hace la Audiencia, la petición hecha por el padre, que, ante esa conducta de su exmujer, reclamó la guarda y custodia de los niños.
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