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Recibirá 150.000 euros por el retraso de los médicos al diagnosticarle un cáncer

El TSJ reconoce que los especialistas del hospital del Rosell se demoraron al menos 20 meses en detectarle un tumor

Alicia Negre

Martes, 27 de enero 2015, 11:14

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La Consejería de Sanidad deberá indemnizar con 150.000 euros a una paciente porque los médicos del hospital cartagenero Santa María del Rosell se retrasaron a la hora de diagnosticarle un cáncer de mama. Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia da la razón a esta mujer -representada por el letrado José González Valverde-, que tuvo que someterse a una mastectomía y a un tratamiento de quimioterapia, radioterapia, hormonoterapia y rehabilitación con diversos fármacos.

El tribunal reconoce, en la resolución, la dificultad para valorar las secuelas que son atribuibles a este retraso y, ante esta circunstancia, ordena que la Administración indemnice a la paciente por todas sus secuelas. «De haber existido una actuación médica acorde a 'lex artis'», recalca la Sala, «no existiría duda alguna de que los daños son debidos a la enfermedad, sin concurrencia de ninguna causa que incremente la gravedad que ya de por sí tiene».

Diversos informes

Esta paciente presentó en octubre de 2012 un escrito ante el Servicio Murciano de Salud formulando una reclamación de responsabilidad patrimonial. La afectada explicaba en ese escrito que en la unidad de Mama del Rosell había sido incorrectamente diagnosticada de un nódulo en 2008 y que ese error se había mantenido durante dos años. En 2011, explicaba, se comprobó que en realidad se trataba de un tumor maligno y tuvo que someterse a las intervenciones y terapias antes citadas. La paciente entendía que el retraso en el diagnóstico le había causado diversas lesiones dado que había perdido la oportunidad de recibir un tratamiento adecuado que, a su entender, le hubiera evitado gran parte de las secuelas. Por todo ello, reclamaba una indemnización de más de 220.000 euros.

Desde un primer momento, la Administración admitió en este caso que había existido un retraso diagnóstico y una mayor gravedad del proceso y de las secuelas de la paciente. La Sala destaca, en este sentido, el informe realizado por una inspectora médica en febrero de 2014 y que fue aportado por Sanidad en contestación a la demanda. En él, la doctora reconocía que existió un error por parte del servicio de radiodiagnóstico y de la unidad de Mama en el seguimiento de la paciente. La profesional entendía que la demora en el diagnóstico había sido de aproximadamente 20 meses. Además, sostenía en su informe que, si se hubiese realizado una biopsia en 2009, cuando se observó el crecimiento del nódulo, «cabría la posibilidad de un diagnóstico precoz y una mayor expectativa de vida».

El letrado de la paciente, por su parte, presentó un informe de un médico especialista en valoración del daño corporal en el que éste sostenía que «un diagnóstico a tiempo hubiera evitado la amputación total de la mama, dejando solo una pequeña cicatriz». Este profesional insiste, en este sentido, en que «resulta incuestionable el importantísimo papel que juegan las mamas en la esfera sexual y en la autoestima de una mujer». El doctor insiste, además, en la existencia de un daño moral, a expensas de las secuelas fisiológicas y estéticas, «considerable e incuestionable».

La compañía de seguros codemandada junto a la Administración también aportó el informe de un especialista en Anatomía Patológica que reconocía un retraso diagnóstico no justificado de 18 meses. Éste recalcaba que esa demora «supone una pérdida de oportunidad de supervivencia del 22%». El TSJ condena a la Consejería de Sanidad a indemnizar a la paciente con 150.000 euros en concepto de secuelas, de días de incapacidad temporal y de daños morales.

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