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La Consejería dará ayudas para la revisión técnica de 9.000 bloques de viviendas

Los edificios con más de 50 años de antigüedad deben pasar una inspección que acredite su estado de conservación

LA VERDAD

Martes, 27 de enero 2015, 11:03

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A partir de 'los cincuenta' toca revisión. La legislación establece que los propietarios de inmuebles ubicados en edificios tipo residencial de vivienda colectiva, que tengan una antigüedad superior al medio siglo, o aquellos que pretendan acogerse a ayudas públicas para obras de rehabilitación, deberán contar con un Informe de Evaluación de Edificios (IEE).

La Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio calcula que en la Región existen unos 9.000 edificios sujetos a esta revisión obligatoria. Por este motivo, presentó ayer la convocatoria de ayudas para financiar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), que contará con un presupuesto de 402.000 euros.

El consejero Francisco Bernabé explicó que se trata de un documento que «acredita la situación en la que se encuentran los edificios, en cuanto a su estado de conservación, cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal y grado de eficiencia energética».

Bernabé dijo que estas ayudas «van a facilitar a comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter residencial, el cumplimiento de esta obligación legal».

También destacó que la implantación del IEE persigue, entre otros fines, «la potenciación de la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, la reconversión y reactivación del sector de la construcción, que encuentra en este campo nuevos ámbitos de actuación, y el fomento de la calidad, la sostenibilidad y la competitividad en la edificación». La Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, concederá a los beneficiarios una ayuda equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, con un límite máximo de 500 euros, o del 50% del coste del informe por edificio.

Los requisitos

Para acceder a la convocatoria, se entenderá por viviendas y locales afectados aquellos que consten en la escritura de división horizontal o, en su defecto, en el Registro de la Propiedad o en la Dirección General de Catastro. Para la obtención de la ayuda es necesario presentar el Informe de Evaluación del Edificio debidamente cumplimentado y suscrito por el técnico competente con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El solicitante será la persona que actúe en representación de la comunidad de propietarios, agrupación de comunidades, o que solicite la ayuda como único propietario del edificio. El plazo de presentación de las solicitudes será de tres meses a partir del día siguiente a la publicación de la orden en el Boletín Oficial de la Región (BORM).

La Consejería ha habilitado el correspondiente modelo oficial para solicitar las ayudas. Además de este documento, los solicitantes deberán acompañar la escritura pública de división horizontal del edificio o, en su defecto, nota simple registral de cada una de las viviendas y locales que componen el edificio o la agrupación de edificios; y la factura o facturas en las que se incluyan los honorarios, emitidas por los profesionales que hubiesen realizado el informe, así como los justificantes de pago de las mismas.

Las subvenciones de esta convocatoria se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, según fuentes de la Consejería, para comparar las solicitudes presentadas con el objetivo de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con el orden de presentación de solicitudes.

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