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EFE
Viernes, 9 de enero 2015, 10:27
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La Audiencia Provincial de Murcia confirmó la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a un joven al pago de una multa de 1.100 euros por no acudir al programa de reinserción que debía seguir tras haber cumplido una medida de libertad vigilada impuesta por el Juzgado de Menores.
La sentencia señala que el apelante fue requerido por la entidad encargada de la ejecución de las medidas en medio abierto «con el fin de retomar la medida de libertad vigilada que había quedado paralizada al ingresar en un centro educativo».
El acusado debía desarrollar actividades lúdicas y deportivas y asistir una vez por semana a la unidad de medio abierto para desarrollar habilidades sociales y pautas para la resolución de conflictos, sin que cumpliera esa obligación.
Por ese motivo, se le impuso la pena de multa como autor de un delito de quebrantamiento de condena, decisión que ahora se ve avalada por la Audiencia Provincial de Murcia. En su apelación, expuso, entre otras alegaciones, que debido a que es analfabeto no había sido consciente de que tenía que cumplir ese deber.
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