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Otra forma de cumplir con la Justicia

Más de 7.300 murcianos han saldado en los tres últimos años sus penas por delitos de tráfico, malos tratos o impago de pensiones con trabajos en beneficio de la comunidad. La mayor oferta de plazas permite que las condenas pendientes se reduzcan de 3.000 a 850 en los últimos cuatro años

Alicia Negre

Martes, 13 de enero 2015, 11:43

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Más de 7.300 murcianos han sido condenados a trabajos en beneficio de la comunidad en los últimos tres años. La gran mayoría de ellos tenía que responder ante la Justicia por delitos de tráfico, como excederse a la hora de pisar el acelerador o conducir bajo los efectos del alcohol. Otros, los menos, fueron condenados por delitos -menores- de violencia de género, maltrato animal, incumplimiento de obligaciones familiares o deslucimiento de bienes. Según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), nueve de cada diez lograron finalmente saldar su sanción. Gracias a una mayor oferta de plazas, Prisiones ha conseguido reducir en los últimos años la cifra de incumplimientos. Si hace unos años cerca de un 60% de las penas se podían ver finalmente suspendidas por la inexistencia de un lugar donde cumplirlas, ese porcentaje apenas llega ahora al 10%.

La magistrada Mari Carmen Orenes Barquero, titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Murcia, explica que «la inexistencia de plazas ha sido más un problema del pasado que actual». Según datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los juzgados dictaron en los nueve primeros meses de este año 2.084 penas de trabajos comunitarios y lograron resolver una cifra aún mayor: 2.232. El número de procedimientos pendientes se ha ido reduciendo paulatinamente en los últimos años. Si a mediados de 2009, unas 6.500 penas estaban pendientes de cumplirse, a mediados de 2010 la cifra ya se había reducido a más de la mitad y actualmente no sobrepasa los 900 casos.

Orenes explica que el problema de la inexistencia de plazas «corrió paralelo con la implantación y desarrollo técnico de la aplicación de la pena» y subraya que se ha avanzado mucho en este sentido. «En la actualidad, un elevado número de organismos y entidades, tanto de naturaleza pública como privada, ofertan plazas para el desempeño de las jornadas de trabajo en beneficio de la comunidad», incide. «Ello ha venido posibilitando que el número o porcentaje de quebrantamientos de la pena o incumplimientos sea cada vez más reducido, ascendiendo actualmente a cifras no superiores al 10%». Un porcentaje que, entiende, «no es excesivo, atendiendo al elevado número de procedimientos que se siguen para la ejecución de esta pena».

Una posibilidad en aumento

En los últimos años, la imposición de trabajos comunitarios ha ido ganando relevancia. Si en 2008 se firmaron 637 penas de este tipo, en 2012 esa cifra aumentó hasta las 2.517 y en 2013 alcanzó las 2.705 condenas. La resolución de estos procedimientos también ha ido avanzando pareja a este fenómeno. En 2012, por ejemplo, se dieron por concluidas 2.878 de esas resoluciones, 361 más de las ingresadas en ese año. Para este avance, ha sido crucial el impulso de algunas administraciones, entidades y asociaciones que han ofrecido la posibilidad de que los condenados puedan realizar una labor y saldar así sus cuentas con la Justicia. «La Comunidad ha avanzado notoriamente en los últimos años, tanto en el descenso aludido del número de incumplimientos como en el aumento considerable de la cantidad y naturaleza o calidad de los trabajos a realizar por los condenados a este tipo de sanción penal», señaló Orenes, quien destacó el esfuerzo realizado desde el centro de inserción social Guillermo Miranda de Murcia.

La juez de Vigilancia Penitenciaria explicó que las labores a realizar por estas personas son de lo más variado. «Se buscan tareas dignas, enfocadas al apoyo o asistencia a determinadas víctimas», señaló. «Por ejemplo, ante una infracción de tráfico, labor de acompañamiento a personas que sufren determinadas lesiones». Los penados saldan su pena en comedores o roperos sociales; en residencias para personas mayores o prestando labores de teleasistencia; ayudando en centros de día; en programas de inserción sociolaboral, de drogodependencia, violencia de género o doméstica...

«El trabajo en beneficio de la comunidad, al ser una actividad complementaria no remunerada, no sustituye ni elimina puestos de trabajo ni compite con el mercado laboral». Orenes avanzó que también la administración de Justicia está planeando, para posibilitar la ejecución de esta pena, ofertar a los penados la posibilidad de colaborar voluntariamente en las diligencias de reconocimiento en rueda que se vayan a llevar a cabo por los juzgados de instrucción.

La magistrada recuerda que estas penas tienen un triple fin: reparar, prevenir y reinsertar. La última, entiende, está conseguida por el propio perfil de los condenados. Las otras dos, remarca, van ligadas a la naturaleza de la actividad que, lamenta, «en algún caso y desgraciadamente, no está o no es acorde con la del ilícito penal cometido». Orenes entiende que el objetivo se cumple especialmente en delitos de tráfico, pero recalca que aún queda trabajo por hacer en otros ámbitos.

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