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Condenada a devolver a su expareja parte del préstamo hipotecario

Tras la ruptura de la relación sentimental, la mujer deberá pagar cerca de 9.400 euros, según se la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia

EFE

Viernes, 28 de noviembre 2014, 11:21

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Una mujer deberá devolver a su expareja la parte del préstamo hipotecario que pagó, que supera los 9.000 euros, tras la ruptura de la relación sentimental que mantenían, según se recoge en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.

La resolución confirma en su práctica totalidad la dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena (Murcia), al modificar solo la cantidad a devolver también por el mobiliario comprado durante la relación de pareja, que se reduce de 429 euros a la mitad.

El Juzgado de Primera Instancia, en abril de 2013, decidió estimar parcialmente la demanda interpuesta por el que había sido el compañero sentimental de la demandada, que fue condenada a abonarle 9.360 euros, más los intereses legales, por la parte que pagó del préstamo y por el mobiliario.

En su apelación ante la Audiencia, la demandada alegó que no había existido una comunidad de bienes entre ellos y que no se había acreditado que él hubiera hecho frente a la mitad de las cuotas de la hipoteca que gravaba la vivienda.

Y añadía que lo único que unía a ambos era el préstamo hipotecario de la vivienda que había sido adquirida por ella y que, una vez finalizada la relación, había procedido a cancelarlo.

Frente a esta argumentación, el tribunal señaló que la cuenta bancaria «refleja los movimientos patrimoniales de una vida en común y, por ello, debe entenderse que los fondos que la integraban se aportaron conjunta a indistintamente por ambas partes, perteneciéndoles por mitad», además de que en la misma estaban domiciliadas sus nóminas.

La sala concluye que «correspondiendo la propiedad de la vivienda en exclusiva a la apelante, en la liquidación de la relación que a la que pusieron fin resulta deudora del demandante por la cantidad que representa la mitad de lo abonado por el préstamo durante la misma».

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