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José Antonio Carmona, en silla de ruedas, junto a sus hermanos Rafael y Paola.
Un año de cárcel para el guardia cuyo disparo dejó parapléjico a un joven

Un año de cárcel para el guardia cuyo disparo dejó parapléjico a un joven

La Audiencia estima que el agente actuó de forma imprudente al llevarse a su cuñado a identificar a unos jóvenes y al meterse en una pelea con el arma cargada y sin seguro

Ricardo Fernández

Miércoles, 28 de mayo 2014, 01:19

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Un año de cárcel y el pago de una indemnización de 660.607 euros, a la que habrá que sumar los intereses que se deduzcan desde el año 2005, son las penas a las que ha sido condenado el guardia civil José Alberto G.H., como autor de un delito de lesiones por imprudencia. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, ha declarado su responsabilidad, aunque no de manera dolosa, sino imprudente, por el disparo procedente de su arma reglamentaria que en 2005 impactó en la espalda de un joven de El Raal, José Antonio Carmona, y lo dejó parapléjico.

El tribunal, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, establece que los hechos se produjeron en la noche del 23 de diciembre de 2005, en la calle Bernal de Santiago de la Ribera, cuando el agente, que se encontraba descansando en su domicilio, fuera de servicio, escuchó alboroto en la vía pública y se asomó al balcón. Observó entonces a un grupo de chicos, uno de los cuales golpeó el espejo retrovisor de un coche. Su reacción fue pedirles que esperaran, echar mano de su arma reglamentaria y pedirle a su cuñado, José Salvador L.S., que lo acompañara.

Ya en la calle se inició un forcejeo entre el guardia civil y el chico que había golpeado el retrovisor, José Antonio Carmona, a quien el primero golpeó con la culata de la pistola en la cabeza, haciéndolo caer al suelo. En ese momento, el guardia vio llegar a otros dos jóvenes, que habían cogido de una furgoneta un mazo y una piqueta, y realizó un disparo al aire para disuadirles de que siguieran avanzando, lo que consiguió. Sin embargo, cuando parecía que todo iba a quedar en ese enfrentamiento, el agente se apercibió de que otros dos chicos estaban golpeando a su cuñado, por lo que acudió en su auxilio.

Según el tribunal, lo que ocurrió en ese momento fue que uno de los chicos agarró por un brazo al guardia civil, lo que hizo que la pistola se le disparara. José Antonio Carmona recibió el tiro en la espalda, causándole una lesión medular completa que lo condenó a una silla de ruedas.

No existió 'animus necandi'

Al contrario que el letrado de la acusación particular, Evaristo Llanos Sola, quien acusó al agente de actuar de forma intencionada, por lo que le pedía nueve años de cárcel por tentativa de homicidio, la Audiencia considera que no hubo 'animus necandi' o intención de matar. Y lo razona, de forma cuanto menos llamativa, al indicar que la acusación no explicó «por qué si existía esa intención (la de matar) en José Alberto G.H., éste no realizó otro u otros disparos a fin de asegurar el resultado pretendido o, en su caso, qué le hizo desistir de ello».

Con ese argumento, unido a que ninguno de los testigos ni implicados en los hechos aseguró haber observado intencionalidad en el guardia, los magistrados señalan que no está acreditado que el disparo fuera hecho a conciencia, por lo que absuelven al agente del homicidio frustrado.

Sí consideran probado, sin embargo, que actuó de forma imprudente, infringiendo una norma básica de cuidado, al hacer que su cuñado lo acompañara a identificar al grupo de jóvenes. Con ello, el guardia civil generó «una situación de riesgo», al arrastrar a su familiar a «una acción estrictamente policial», que podría llegar a ser «peligrosa e incierta».

La segunda infracción de las normas de cuidado la cometió cuando, después de realizar el primer disparo de advertencia, se metió a auxiliar a su cuñado portando el arma cargada y sin seguro, pues debía haber sido consciente de que en el forcejeo podía dispararse.

El tribunal le ha impuesto un año de cárcel por un delito de lesiones por imprudencia, aunque la pena se ha visto reducida por la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, debido a los retrasos que ha sufrido la instrucción del procedimiento. También tendrá que pagar a José Antonio Carmona una indemnización de más de 660.000 euros por los daños físicos, psíquicos y morales causados y por las secuelas que arrastra. El Ministerio del Interior ha sido declarado responsable civil subsidiario.

Asimismo ha sido condenado Rafael, un hermano del joven paralítico, a quien se le ha impuesto una pena de un año y medio de cárcel por lesiones, por haber golpeado en la cabeza con un mazo al cuñado del guardia civil. El resto de los participantes en la pelea, entre ellos el propio José Antonio Carmona, su amigo Javier Inocencio S.A. y José Salvador L.S., cuñado del guardia civil, han sido absueltos.

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