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tribunales

Le rebajan la pena dos meses por considerarla 'desproporcionada'

La Audiencia condena a cuatro meses a un hombre acusado de un delito contra la seguridad del tráfico por conducir sin carné

EP

Lunes, 21 de abril 2014, 12:51

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La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cartagena rebaja dos meses la pena de un hombre acusado de un delito contra la seguridad del tráfico al considerar "desproporcionado" una pena de prisión de seis meses por conducir sin permiso.

Según la sentencia, son hechos probados que el acusado, de nacionalidad ecuatoriana, había sido condenado como autor de un delito contra la seguridad del tráfico por sentencia por conducir bajo los efectos del alcohol en febrero y septiembre de 2011 a la pena de 20 meses de privación del derecho a conducir, así como por conducir sin permiso en mayo y noviembre de 2012, respectivamente.

A pesar de ello en abril de 2013, una patrulla de la Policía Local detuvo al acusado, que conducía sobre las 17.30 horas dirección San Pedro del Pinatar, comprobando que carecía del permiso de conducir por virtud de la sentencia de septiembre de 2011, cuya pena no estaba aún cumplida y sin haber realizado el curso de reeducación vial correspondiente.

El fallo de dicha sentencia recurrida condenaba a Anibal como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico con la agravante de multireincidencia a la pena de siete meses de prisión, según se desprende de la sentencia.

Contra dicha sentencia, se formalizó un recurso de apelación, alegando que existía error en la valoración de la prueba, ya que el acusado creía que había cumplido todas las condenas y que podía volver a conducir.

Ante lo que la Sala indica que es el propio individuo el que considera que por su necesidad de ir a trabajar puede coger el coche sin el permiso, por lo que, destaca, "es conocedor de la tipicidad penal del hecho". Además, opina que la pena de prisión resulta adecuada dado sus antecedentes, no obstante, decide que la pena de cuatro meses de prisión "resulta suficiente".

De tal forma, la Audiencia estima el recurso de apelación formulado por el acusado y revoca parte de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Cartagena, sólo en lo que se refiere a la pena de prisión impuesta que será, finalmente, de cuatro meses.

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