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EFE
Viernes, 18 de abril 2014, 21:27
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Una empresa deberá pagar a otra 56.200 euros por el suministro de papel que le hizo, a lo que se negaba al alegar que el mismo no reunía las condiciones debidas, según se dispone en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.
La sentencia rechaza el recurso que la sociedad N., S.L., presentó contra la resolución de un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena que, en septiembre pasado, estimó la demanda planteada por la empresa T.A., S.A. y condenó a la primera al pago de la suma citada.
En su apelación ante la Audiencia Provincial, la demandada alegó que se había producido un error en el Juzgado a la hora de valorar la prueba aportada al proceso, al no tener en cuenta que el papel suministrado no era el que se recogía en el contrato.
El tribunal, al desestimar el recurso, señala que ninguno de los informes incorporados a la causa "determina unas diferencias de tal intensidad ni en la composición ni en la rugosidad del papel que justifiquen que esta puede haber sido la causa del cambio de comportamiento".
"No puede entenderse -concluye- la existencia de la excepción de contrato no cumplido alegadas en la contestación de la demanda y reiterada en este recurso, lo que implica la desestimación del mismo, con expresa condena al pago de las costas".
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