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Guía para no perderse con la 'Ley Sinde'
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Guía para no perderse con la 'Ley Sinde'

Desde su aparición ha generado confrontación allá por donde ha pasado, ha acrecentado las distancias entre Gobierno e internautas e incluso ha llevado a la dimisión a Alex de la Iglesia al frente de la Academia de Cine; ¿qué está pasando?

RUBÉN GARCÍA BASTIDA

Domingo, 30 de enero 2011, 15:13

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El pacto alcanzado por PSOE, PP y CiU para desbloquear la Disposición Final Segunda del Proyecto de Economía Sostenible, más conocida como Ley Sinde, ha puesto en guardia de nuevo a los usuarios de internet, después de que fuera rechazada en el Congreso de los Diputados.

De salir adelante, la Ley Sinde regulará el cierre de las páginas web que faciliten el acceso a contenidos protegidos por derechos de autor a través de un organismo dependiente del Ministerio de Cultura. Éste organismo se llamará Comisión de Propiedad Intelectual, y se ocupará de la tarea a través de su Sección Segunda.

Desde el Partido Popular se asegura que con las modificaciones recientemente pactadas se dan las garantías judiciales suficientes en el proceso del cierre de una página web como para apoyar el texto en el Senado, motivo por el cual han variado su postura al respecto. Sin embargo, las modificaciones no parecen suficientes para las asociaciones de internautas y del sector informático que ya han manifestado su intención de recurrir la ley ante el Tribunal Constitucional.

¿Modificaciones suficientes o insuficientes?

En realidad, con la enmienda, la Ley Sinde cambia muy poco. Se pueden resaltar dos novedades de relevancia. La primera es que para requerir a los prestadores de servicios de la sociedad de la información los datos que permitan la identificación del que presuntamente está vulnerando la propiedad intelectual, será necesaria autorización judicial. Se mantiene, por otra parte, que para que los dictámenes de la Sección Segunda tengan efecto, sea necesaria la resolución favorable del juzgado. Pese a la modificación, éste continúa siendo uno de los puntos más controvertidos de la ley, puesto que se otorga a una autoridad administrativa competencias para dirimir conflictos en materia de propiedad intelectual, algo que ahora corresponde exclusivamente a la Justicia.

Según el texto, el procedimiento se iniciará con la solicitud de los órganos competentes en la que se expondrán las razones que justifican la petición acompañada de los documentos que sean procedentes a estos efectos. El Juzgado, en el plazo de 24 horas siguientes a la petición y, previa audiencia del Ministerio Fiscal, dictará resolución autorizando la solicitud efectuada.

La otra novedad reseñable es el compromiso de modificar el polémico canon digital que se paga en España como compensación a los creadores. Éste es un gravamen contra el que el Tribunal de Justicia de la UE ya se pronunció en contra el pasado mes de octubre. El Tribunal se mostró entonces contrario a su aplicación a los fabricantes de CDs, DVDs, MP3 y otros equipos de reproducción y a las empresas que adquieran estos soportes para ejercer su actividad "de forma indiscriminada", aunque reconoció la posibilidad de seguir aplicándolo para los usuarios privados. El Gobierno se compromete a modificar la aplicación del canon, previsiblemente para adaptarse a dicha sentencia, en tres meses desde la entrada en vigor de la ley. Lo que probablemente suponga que se mantenga vivo en el ámbito privado.

Por lo tanto, ninguna de las novedades modifican de forma sustancial la ley ni cambian su esencia.

¿Dónde reside la clave del desencuentro entre el Gobierno y los internautas?

Uno de los puntos fundamentales de divergencia se encuentra en el párrafo que atribuye a la comisión la capacidad para decidir cerrar una web o retirar sus contenidos siempre que directa o indirectamente actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial. Ése sea susceptible es uno de los puntos más criticados entre los detractores. Las asociaciones de internautas denuncian que su aplicación daría lugar al cierre de sitios web con carácter preventivo, y en esta argumentación basan su acusación de inconstitucionalidad.

Asimismo, el hecho de que sea una comisión del Ministerio de Cultura la encargada de decidir sobre qué páginas se actúa tampoco gusta, pese a que la decisión de cierre esté supeditada a la resolución judicial. Además, la intervención de los jueces del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo se limitaría al análisis de si el cierre de la página afecta a la libertad de expresión e información, pero sin valorar si hay una infracción de la propiedad intelectual. En caso de que no afecte a la libertad de expresión e información, el dictamen de la Sección Segunda sería validado.

¿En qué punto se encuentra la Ley de Economía Sostenible?

A mediados de febrero se realizará la votación de la Ley de Economía Sostenible en el Senado, que tras el pacto alcanzado entre PSOE y PP, permitirá previsiblemente la vuelta de la polémica Disposición Final Segunda al texto. Así, la ley volvería al Congreso de los Diputados donde se votarán las enmiendas aprobadas en el Senado.

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