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REGIÓN DE MURCIA

Primera sentencia contra dos empresas por la muerte de un trabajador expuesto al amianto

El fallecimiento se produjo «a causa de un mesotelioma provocado por exposición al polvo de amianto»

ANTONIO BOTÍAS | MURCIA (20 julio 2000)

Martes, 26 de enero 2010, 18:49

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Repsol-Petroleo y la empresa contratista Construcciones, Montajes y Mantenimientos (Commain) deben indemnizar a la esposa y los tres hijos de José Urrea, víctima del síndrome de la abestosis, según una sentencia del Juzgado de lo Social nº1 de esa ciudad. En el fallo se reconoce que este trabajador «falleció el día 2 de noviembre de 1999 a causa de un mesotelioma pleural maligno, provocado por exposición prolongada al polvo de amianto, enfermedad que le fue diagnosticada en septiembre del mismo año».

Es la primera vez que un tribunal de la Región hace responsable a dos empresas de los efectos perjudiciales de la manipulación de este material, que suele emplearse como aislante en todo tipo de construcciones. «Y espero que esta sentencia -explica Francisco José Urrea, 26 años, hijo del fallecido -no sea la últimna, porque hay muchos trabajadores en la misma situación». El juzgado ha condenado a Repsol-Petróleo y a Commain a pagar una indemnización millonaria a los familiares de José Urrea, quines prefieren no desvelar la cuantía exacta. «No nos interesa el dinero sino aclarar por qué la empresa no tomó las precauciones oportunas», explica el hijo del trabajador muerto.

Desde 1976 hasta principios de 1996, José Urrea prestó servicios para la empresa Commain, con categoría laboral de mecánico calderero en las instalaciones de Repsol-Petróleo. Su función consistía en el montaje y mantenimiento de calderas y tuberías revestidas con aislantes de amianto. «Mi padre nunca supo en vida lo grave que era su enfermedad -explica Francisco José Urrea-, aunque si sabía que la empresa era responsable de todo aquello». Es la misma opinión que mantiene el servicio de Neumonía del hospital Santa María del Rosell de Cartagena. En un informe médico fechado el día 18 de septiembre de 1998, los doctores que reconocieron a José Urrea relatan que «se tramitará informe de invalidez considerando que su proceso es secundario a un contacto profesional y debe ser tratado como enfermedad profesional».

Durante el juicio, los propietarios de Commain declararon que José Urrea, mientras mantuvo servicios con esta empresa, nunco tuvo contacto con el amianto. Repsol-Petróleo afirmó, por su parte, que en 1975 dejó de utilizar este producto en sus instalaciones. Sin embargo, la sentencia considera hechos probados que, aunque a partir de ese año se abandonó el empleo de amianto en Repsol-Petróleo, «en la actualidad todavía existen en las instalaciones de Cartagena tuberías con aislante de amianto», y que José Urrea, «desde el inicio de su relación laboral con Commain, realizó labores de mantenimiento de estas tuberías, en las cuales (según manifestaron los testigos de la parte actora) se entraba en contacto con el amianto» al montarlas y desmontarlas.

El juez estima que Commain no ha justificado la adopción de las medidas de seguridad que la ley establece, en relación con el amianto; así, la evaluación y control del ambiente de trabajo, reconocimientos médicos, utilización de ropa adecuada, mascarillas con filtros metálicos y limpieza y eliminación de residuos, entre otras.

Fuentes de Repsol-Petróleo anuncian que recurrirán esta sentencia, entre otras razones que presentarán en su momento al juzgado, «porque José Urrea ya estuvo trabajando en otra empresa antes de incorporarse a la refinería y los expertos consideran que esta enfermedad puede tener un periodo de incubación de hasta cuarenta años». Este argumento no convenció al juez que ha instruido el caso, quien descarta esta posibilidad porque, según la sentencia, en esas otras empresas «sólo trabajó en cortos periodos de tiempo frente a los 20 años de prestación de servicios en Commain».

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