D.ª María Dolores González Valverde, actuando en su condición de directora del Colegio Antonio de Nebrija, ha solicitado la rectificación de la noticia publicada en este medio el pasado 16 de junio del 2009 bajo el titular El Colegio Antonio de Nebrija excluye a un niño porque sus padres no pagaban al APA en los siguientes términos:
«El Colegio Antonio de Nebrija se caracteriza por ofrecer en régimen de concierto con la Consejería de Educación las enseñanzas correspondientes a Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. El resto de enseñanza se ofrecen con carácter privado. En este contexto, las subvenciones que recibe el Colegio dan para cubrir 25 horas semanales de horas lectivas, mientras que los alumnos disfrutan de un horario ampliado de hasta 32,5 horas semanales.
Estas 7,5 horas adicionales a la semana se emplean en formación continuada, gabinete psicopedagógico o actividades de idiomas, danza, música, ajedrez, proyectos, informática, etc. Los gastos necesarios para la organización y el pago de personal destinado a impartir estas actividades extras son sufragados por las aportaciones voluntarias que realizan los padres miembros del APA, con plena sujeción a la normativa vigente, pese a lo cual, de las mismas se benefician absolutamente todos los alumnos del centro, sin distinción, sean o no miembros del APA.
Además, a ningún alumno del Colegio Antonio de Nebrija se le discrimina de participar en actividades extraescolares ni en los distintos eventos celebrados en el colegio por no pagar la cuota. La pertenencia al APA es plenamente voluntaria y las cuotas satisfechas por sus miembros son votadas por éstos en Asamblea General Pública de sus socios, sin que en ningún caso estas cuotas sean fijadas por la Dirección del Colegio. Todos los alumnos, sin excepción, tienen derecho a participar en todas las actividades que organiza el colegio, si bien de forma muy puntual hay algunas celebraciones organizadas por el APA y para la participación en las mismas, como es lógico, el resto de alumnos no miembros tienen que abonar los gastos de la actividad en cuestión.
La fiesta organizada por el APA el día 10 de junio del 2009 estaba destinada exclusivamente a sus socios. Pese a ello, algunas familias que no tenían regularizada su situación con el APA sí participaron porque se informaron del coste que tenía, hicieron el abono correspondiente a la invitación y solicitaron participar en la misma. Los señores Abellán se personaron en dicha fiesta sin tener previa invitación ni haber comunicado al APA ni al colegio su voluntad de que su hijo participara en la misma, puede que confundidos con su solicitud para participar en la fiesta de fin de curso que organizaba el colegio al día siguiente, ya que en la información facilitada por los señores Abellán se confunde la fiesta organizada por la APA con esta última. A este respecto, aclarar que para la participación en la fiesta de fin de curso, el colegio pedía una aportación de 180 euros para cubrir los gastos de organización y el coste de los disfraces, que en el caso de los miembros del APA era de 30 euros, dado que el resto de participación era costeado por la misma con las cuotas de sus socios.
En este contexto, a los señores Abellán se les llamó aparte para comunicarles que había un problema por no contar con una serie de regalos, de los que se iba a hacer entrega a cada alumno, para su hijo. Ninguno de los trabajadores del Colegio Antonio de Nebrija ni, en particular, la profesora del niño, ni los integranges de la APA apartaron al menor del resto de sus compañeros, ni pidieron a los señores Abellán que se marcharan, nadie les comunicó que no tuvieran derecho a estar allí ni mucho menos que fuera culpa suya por no pagar la cuota. Fueron los propios padres los que se llevaron a su hijo sin esperar a que el colegio les dijera cómo iban a solucionar la situación. A tenor de lo expuesto, resulta evidente que la actuación del colegio al que represento está plenamente justificada al amparo de la legalidad vigente, y que las afirmaciones relativas a la supuesta discriminación del hijo de los señores Abellán no se corresponden con los hechos que efectivamente acontecieron el día 10 de junio».