El Ayuntamiento de Cartagena ha perdido la demanda en la que unos vecinos de Los Patojos exigían la anulación de un plan urbanístico que iba a suponer la construcción de unas 3.000 viviendas y la ampliación de la carretera N-332 para crear una avenida de acceso a la ciudad desde la zona oeste del municipio. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha admitido de forma parcial el recurso de los demandantes y anula el acuerdo de la Comisión de Gobierno de 2 de noviembre de 1999 de aprobar el plan. Los jueces reprochan al Ejecutivo local de Pilar Barreiro que sacara adelante el proyecto en la Comisión de Gobierno, que carecía de competencias para ello, y no en el Pleno de la corporación.
No era un trámite más, sino la aprobación definitiva de un plan urbanístico, destaca la sentencia. Los demandantes impugnaban el citado acuerdo, así como la adjudicación del concurso a la unión temporal de empresas Urbanizadora CO5, que sí fue ratificada por el Pleno.
También pedían dejar sin efecto los acuerdos de la Comisión Municipal en los que los concejales del PP aprobaron el convenio urbanístico y rechazaron las alegaciones presentadas por los vecinos contra el mismo. Asimismo, querían anular indirectamente el Plan General de Ordenación Urbana.
El tribunal no entra a evaluar estos aspectos, ya que considera nulo el acto administrativo que da pie al resto de actuaciones.
La urbanización de Los Patojos abarcaría un área de 700.000 metros cuadrados entre el colegio San Vicente de Paúl, el cauce de la rambla de Benipila, la barriada San José Obrero y La Vaguada. La nueva avenida estaría comprendida entre las rotondas del Eroski (frente al futuro Palacio de los Deportes) y de la ronda transversal.
Promotores conocidos
La sentencia, dictada el 14 de octubre por la Sala de Lo Contencioso Administrativo pero notificada a las partes hace unos días, rechaza el argumento del Ayuntamiento de que se trata de «actos de trámite». El tribunal señala que eran actos definitivos y explica que la competencia para las aprobaciones que ponen fin a la tramitación de planes y demás instrumentos de ordenación es del Pleno. Cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
Curiosamente, ocho días después de que el tribunal se reunió para la votación y fallo, la Concejalía de Urbanismo anunció que dejaba sin efecto la adjudicación de las obras a la sociedad mercantil Urbanizadora CO5 S. L. (formada por los propietarios mayoritarios del suelo, entre los que están los conocidos promotores Alfonso García, de Cartagena, y José Díaz, de San Javier).
Señaló que había que reelaborar el plan teniendo en cuenta que por la zona pasan dos ramblas competencia de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS). No había proyecto de impacto ambiental.
Uno de los abogados, Miguel Pouget, afirmó que «habría sido preferible que la sala valorara los demás argumentos, ya que la decisión municipal perjudicaba claramente a los vecinos».
«En vez de dar ejemplo cumpliendo la legalidad, el Ayuntamiento obliga a sus ciudadanos a recurrir a la justicia para hacer valer sus derechos», criticó Pouget.