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REGIÓN MURCIA

Otras 4 familias recurrieron la sentencia que obligaba a sus hijos a entrar a esta clase
27.11.08 -

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha rechazado el recurso de un matrimonio, que en nombre de su hija, alumna de 3º de ESO, había solicitado la objeción de conciencia a la asignatura de educación para la ciudadanía (EpC), al considerar que ocasionaría perjuicios irreparables.
El pasado día 7 la citada sala del TSJ murciano estimó que «no se acreditan los perjuicios irreparables que la asistencia supondría cuando a mayor abundamiento la asignatura se debe estar impartiendo y recibiendo desde el inicio del curso escolar». La sala deniega por ello la medida cautelar solicitada por los padres y la suspensión del acto administrativo impugnado como medida cautelar consistente en la obligación de cursar la asignatura objetada y asistir a clases de la misma mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo.
En algunos colegios existen padres, como los que han presentado este recurso, que han solicitado la objeción de conciencia ante la nueva asignatura. Los puntos más criticados por algunos sectores, fundamentalmente católicos, son los que se refieren a la enseñanza sobre familias multiparentales u homosexuales.
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