Estos préstamos tendrían que empezar a amortizarse al finalizar la última cuota de la hipoteca en vigor. La Administración fijaría el tipo de interés que también podría subvencionar.
Los bancos y cajas se comprometerían con la Administración a que en el momento en que el mercado, la situación del cliente, la cobertura hipotecaria, etc. lo permita, pagarán por cuenta del cliente al ICO las cantidades prestadas, mediante ampliación de la hipoteca.
El ICO para poder cubrir los préstamos que concede, puede emitir Deuda, Bonos etc. a un tipo de interés de mercado. Y para cerrar el círculo, los bancos y cajas, a través de los Fondos de Inversión y Pensiones que controlan, podían ser los destinatarios de dicha deuda. De forma similar se podía actuar con los hipotecados que pasan al paro.
Pedro Morante Gutiérrez








