REGIÓN MURCIA

El TS, según ha informado el propio Mazón, admitió a tramite el pasado día 15 el recurso contencioso-administrativo por el que el abogado solicita que se anule el resultado electoral, al considerar que el voto en blanco fue discriminado como «opción legítima y válida». En este sentido, denunció que no existían papeletas en blanco y que no se dio información sobre cómo ejercer esa opción de voto en ningún colegio electoral de España.
El recurrente ya había presentado una protesta formal ante su mesa electoral y posteriormente ante la Junta Electoral de Zona de Murcia, que rechazó su solicitud, decisión que recurrió también ante el Juzgado de lo Contencioso de Murcia, donde se tramita.
No obstante, el letrado decidió impugnar ante el Tribunal Supremo los resultados electorales con el fin último de que se anulen.
Mazón insiste en que en las pasadas elecciones generales «no había la menor información de que el sobre vacío en el Congreso, o la papeleta del Senado sin marcar, equivalían al voto en blanco».
Añade que, además, no tuvo derecho al secreto o confidencialidad del sufragio, pues al entregar para el Congreso un sobre vacío la mesa supo al instante que había votado en blanco, por lo que considera que su opción ha sido discriminada.
El letrado lamenta que ante este tipo de situaciones la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) excluya a los electores de la posibilidad de presentar un recurso contencioso electoral.








