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Ecologistas ven "lamentable" el fallo del TS sobre la contaminación del Segura

RECHAZO DE un recurso de casación

Ecologistas ven "lamentable" el fallo del TS sobre la contaminación del Segura

02.10.09 - 12:59 -
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La organización Ecologistas en Acción ha calificado hoy de "lamentable" el "rechazo" del Tribunal Supremo (TS) al recurso de casación interpuesto contra la absolución de empresarios de Alicante y ex directivos de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) por la contaminación de ese río.
Esta organización ecologista y la asociación Amigos de los Humedales del Sur de Alicante habían recurrido la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2007 por la Audiencia de Alicante, en la que se absolvía a once empresarios de Alicante y a tres ex directivos de la CHS por la contaminación del Segura.
Los ecologistas presentaron con posterioridad un recurso de casación, que ha sido rechazado ahora por el TS.
Fuentes de la entidad han afirmado que, "lejos de hacer Justicia, condenando a quienes han atentado contra el patrimonio natural", el TS se "ensaña con esta organización ciudadana, sin ánimo de lucro", al intentar "descapitalizarla a través de un castigo ejemplarizante".
En su opinión, el TS ha desoído "las pruebas y la voz del movimiento ciudadano", y ha amparado "a quienes se han dedicado a contaminar o a permitir que se contaminara" el Segura.
No obstante, la asociación ha anunciado que "no cejará en su empeño" y que, "lejos de dejarse amedrentar por la ceguera de los poderes públicos, redoblará sus esfuerzos en la lucha por la preservación de los valores ambientales y sociales".
Ecologistas en Acción y Amigos de los Humedales del Sur de Alicante iniciarán una recogida de fondos para sufragar los costes del proceso judicial, que cifran en más de 30.000 euros.
El 14 de diciembre de 2007 se absolvió a los once responsables de las mercantiles de la Vega Baja acusadas de realizar presuntos vertidos ilegales al río Segura entre 1998 y 2002, así como a tres directivos de la CHS imputados por permitir esa contaminación.
Entonces, el fallo consideró que no se había acreditado la comisión de un delito medioambiental y estimó que se habían vulnerado varios derechos fundamentales de los acusados durante el proceso.
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