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08.12.08 -

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La Policía Local emitió a petición del magistrado un oficio «confuso»
. Gente con paraguas por el desembarco suspendido. / A.D.
La Policía Local de El Campello respondió a una petición de información del magistrado con un oficio «cuando menos confuso», según se recoge en la sentencia facilitada por el TSJCV.
El juez pretendía saber si una fuerte tromba de agua había obligado a suspender un acto, «entrada mora o cristiana», el 12 de octubre del 2007, así como si éste se había celebrado más tarde.
Los agentes municipales contestaron algo así como que la lluvia había impedido el citado desfile y agregaban que el programa había seguido «conforme a lo previsto».
El acto señalado para el citado día se celebró al siguiente «como así parece, a pesar del oficio de la Policía Local, que es cuanto menos confuso siendo bienintencionado en su apreciación, pues llama la atención la falta de claridad ante una pregunta que no ofrecía duda alguna», explica el magistrado en el apartado de fundamentos jurídicos de su resolución.
La información era importante porque la Junta Festera sostenía que la SGAE estaba computando un día más de desfile en la reclamación monetaria de su demanda.
El juez da la razón a la demanda y reduce en 1.763 euros la indemnización para la Sociedad General de Autores porque la tarifa general que se aplica «toma como criterio el día de desfile, no la cantidad de actos que en ese día se desarrollen» como entradas, cabalgatas y otros de «análoga naturaleza relacionados con las fiestas de moros y cristianos».
Como ya publicó este diario, la condena a la Junta de Moros y Cristianos de El Campello por el uso sin autorización de música gestionada por la SGAE en sus fiestas no es aislada. La comisión de las fiestas patronales de Benidorm perdió un juicio similar recientemente.
La Sociedad de Autores promueve casi una de cada cuatro demandas en los Juzgados de lo Mercantil. Muchas de ellas no llegan a juicio porque los demandados se avienen a pagar sus deudas.
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