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ALICANTE / Exculpan a una madre y su hijo por el «'totum revolutum'» del pesaje

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Una juez de Alicante ha dictado una sentencia que resume a la perfección las irregularidades que suceden a la actuación de las fuerzas de seguridad contra los pequeños cultivos domésticos de marihuana. En el fallo, al que ha tenido acceso este diario, la titular del Juzgado de lo Penal 4 de la capital, Petra Pereda, absuelve a una mujer y a su hijo del delito de tráfico de drogas del que les acusaba la Fiscalía por tener seis plantas en la terraza de su vivienda.

Los hechos se remontan al pasado 5 de agosto del 2005, cuando la denuncia de una vecina derivó en el registro policial del domicilio de los acusados, en la calle Arquitecto Vidal de Alicante. Los agentes encontraron seis plantas de marihuana, tres de ellas propiedad de unos amigos del procesado. También hallaron dos cajas y un bote con hojas secas y una bolsa con semillas, cuya posesión no están prohibidas por la legislación española.

En el juicio, celebrado hace poco más de un mes, la fiscal solicitó para el propietario del inmueble, de 33 años, y su madre, de 52, sendas penas de dos años de cárcel y multas de 2.000 euros.

La juez, sin embargo, les absuelve al entender que no tenían el propósito de traficar con la marihuana intervenida. Es más, critica el pesaje realizado por el laboratorio de la Subdelegación del Gobierno, al que califica de «totum revolutum» porque se incluyó en el resultado total «tallos finos y gruesos, restos de hachís adheridos a unos cuchillos y semillas, sin que sea necesario que éstas se pueden comprar sin dificultad».

Además, «el peso total de lo aprehendido es insignificante, pues apenas si rebasa los mil miligramos) y la marihuana no se decomisó «de golpe, es decir, empaquetada y en disposición de ser consumida de forma inmediata».

Al contrario, prosigue la magistrada, «lo aprehendido han sido unas plantas de las que en su totalidad se podría, tras ser arrancadas, obtenerse dicha sustancia tras su correspondiente proceso de secado».

El informe de Sanidad Exterior sobre el análisis de la mercancía decomisada ni siquiera fue ratificado en el juicio. De hecho, la perito que declaró se desvinculó del mismo y reveló que esos análisis «se hacen sin distinguir si se trata de cogollos hembra o machos», que florecen en ocasiones, pero no suelen consumirse.

«No se puede negar que en ocasiones los consumidores efectúan pequeñas plantaciones con objeto de nutrir sus propias necesidades», apunta la juez. Por otro lado, las plantas podían verse desde el exterior, lo que quiere decir que «no había ocultación ni clandestinidad».
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